Tenemos derecho a indemnización en una absorción?

A ver si consigo explicarme.
Llevamos trabajando con contrato fijo unos 5 años, contratados por una empresa A que da servicio a otra empresa B.
La empresa B tiene una instalación y nosotros los A la manejamos para B.
Un día B decide que pueden hacer lo mismo que nosotros, y presindir del gasto que ocasiona contratar a A.
B entonces anula el contrato que tiene con A.
La empresa B hace una oferta de empleo a los trabajadores de A.
La empresa A dice a sus trabajadores que si quieren que se vallan a B y que si no se quieren ir ya les buscará algún puesto de trabajo en Siberia, por decir algo.
Los trabajadores de la empresa A tienen que firmar la baja voluntaria en A y firmar un nuevo contrato con la empresa B.
Nuestra pregunta es... ¿hemos hecho el tonto? Con la liquidación del contrato en A hemos cobrado las vacaciones pendientes, horas pendientes y tal, pero claro, al irnos por nuestra propia voluntad, perdemos la antiguedad y la posible indemnización por esos 5 años trabajados, ¿verdad?
Han sido lentejas (si quieres las tomas y si no nos dejas), es decir, no habian muchas opciones... ¿es justo hacernos firmar la baja voluntaria perdiendo esas ventajas? A ya nos dijo que el que no aceptara el cambio no sería contratado luego por B, es decir, no podíamos forzar a A a que nos despidiera cobrando la indemnización para luego esperar que nos contratara B...
Si no me explico bien me lo decís y lo intento aclarar, ¿oki?
Moraleja. ¿Hemos hecho el tonto? ¿Esos 20 o 40 dias por años trabajado son aún reclamables?

1 respuesta

Respuesta
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Te has explicado de maravilla.
Como bien dices, habéis perdido antiguedad, la indemnización y el derecho a la prestación por desempleo.
Nos es que hayáis hecho el tonto... es que estamos en españa y aqui el que no corre vuela!
No es la priemra vez que oigo algo asi.
Al firmar la baja voluntaria habéis perdido toda la fuerza para demandar.
A no ser que la empresa B os contratará al día siguiente o en un plazo breve (menos de un mes). Enotnces, si pudieráis demostrar que el trabajo es continuación, podríaís conservar la antiguedad y por lo tanto la indemnización y os lo tendría que pagar la empresa B.
La verdad es que tendríais que coger un buen abogado y saber que a la empresa B no le gustará ni un pelo que hagáis eso, pero os podría salir bien... si no le gusta que os despida con la antiguedad (y por lo tanto la indemnización) contando desde el inicio en la empresa A.
Un saludo y suerte
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Gracias por la respuesta.
Realmente no ha pasado ni un segundo de un contrato al otro, de hecho es un negocio que funciona las 24 horas del día todos los días del año, no se puede parar. El trabajo es pura continuación como dices. De hecho, pocas cosas varian algo. Se va haciendo cambio de software que usamos a diario poco a poco, las tareas pendientes y responsables continuan siendo las mismas... todo es lo mismo salvo la empresa que ahora nos paga las nominas.
Es una gran empresa y con lo de gran me refiero a una empresa con renombre, potente, internacional, bien conocida.
En el caso de que sea B quien ha de pagar..... me lo pones dificil para ponerles contra las cuerdas... No pueden prescindir de toda la plantilla para continuar, pero no todos los trabajadores van a estar dispuestos a correr el riesgo de perder el curro. Como bien dices.... estamos en España...
Deduzco de lo que dices que, o bien podríamos reclamar la indemnización, o bien que nos repeten la antigüedad, no ambas cosas. Sería lo lógico, claro. Quizás sea posible elevar la solicitud de conservar la antigüedad al comité de empresa (en estas empresas suelen existir comités de verdad, creo) y si cuela bien y si no pues a aguantarse, no? Claro que en ese caso quizás nos tengan que colocar trienios e historias y al haber euros por medio.... se ponga fea la cosa, no? O podrían ponernoslos absorbibles (ya incluidos en la oferta de sueldo anual que nos propusieron y firmamos) y simplemente mantendríamos la antigüedad, por si algún día nos largan a la calle?
El objetivo no es sacarle pelas a la empresa, solo no perder lo que sea nuestro, que ya está bien.
Muchas gracias compañero. A ver si me puedes aclarar esta cosilla. Un abrazo!
Si tienes comité de empresa comentaselo a ver que te dicen.
Yo la verdad es que lo veo negro, ni antiguedad, ni trienios ni nada.

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