Computo de horas anuales

Pertenezco al convenio de peluquería y quisiera saber si al hacer el computo anual de horas tengo derecho a regular mis horas teniendo una jornada labora lde un 85%. El año pasado dieron las horas de más a compañeros con jornada completa y a mí me dijeron que no me correspondía por no tener la jornada completa. ¿Es esto así? Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Si trabajas a tiempo parcial un 85% sobre la jornada ordinaria, tu jornada máxima anual será del 85% sobre la jornada máxima del convenio colectivo. La diferencia por exceso o defecto tendrías que regularizarla para cuadrarla con la jornada establecida en convenio colectivo.
Me lo temía ¿Puedo reclamar esas horas del año pasado? Gracias
Si podrías reclamarlas, tienes un año desde el momento que las realizaste, aunque están prohibidas las horas extraordinarias en el contrato a tiempo parcial, si logras demostrar que las has realizado podrías conseguir la consolidación de las mismas y el incremento de jornada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas