Fin de un ere

Hola, estoy un poco liado porque no se a que atenerme.
LLevo 27 años con contrato fijo en mi empresa, amén de otros tres antes de ser fijo.
La empresa ( que en realidad son 3 ) a la que yo pertenezco tiene actualmente 13 trabajadores.
Hemos tenido dos eres continuados de seis meses cada uno, con una reducción del 50% de la jornada. El último ere termina el próximo 30 de octubre.
A lo largo de los dos eres el empresario ha sacado a un par de personas de los mencionados eres.
De este último ere tenemos pendiente de cobro los seis meses de salario, en consecuencia hemos decidido interponer una denuncia para requerir el pago de los salarios pendientes, pues me indican que solo podemos requerir un año de atrasos.
En principio la denuncia la interpusimos los 13, pero uno la ha retirado después de haber mantenido una conversación con la empresa, de cuyo contenido no nos ha informado.
Aunque hemos interpuesto la denuncia la empresa no ha recibido todavía la citación, y nos ha informado que piensa despedir a tres personas, aunque no ha dicho los nombres.
Mi pregunta es: Si yo soy uno de los candidatos a despido ¿Qué indemnización me corresponde 20 o 45 días?
                           Si no lo soy ¿continuo o retiro la denuncia?
                           Si no lo soy, retiro la denuncia, y a los tres o cuatro meses, ya que no va a renovar ere, decide despedirme ¿Qué indemnización me correspondería?
Se que todo es un lio, pero agradecería algo de información, pues con la nueva y la antigua ley no me aclaro.

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No te interesa retirar la reclamación de cantidad, porque podrías utilizarla a tu favor en caso de despido, ya que se podría entender una represalia a tu derecho a reclamar y por lo tanto el despido podría ser declarado nulo.
La indemnización dependerá del motivo del despido, en tu caso pueden darse las siguientes circunstancias:
- Despido por causas objetivas declarado procedente: 20 días por año
- Despido por causas objetivas declarado improcedente: 45 días por año
- Despido disciplinario declarado procedente: 0
- Despido disciplinario declarado improcedente: 45 días por año trabajado.
Si no te ofrecen en un despido los 45 días por año, siempre te interesará reclamar judicialmente, porque es la empresa la que tiene que demostrar el motivo del despido y no el trabajador, es una práctica habitual despedir con menos cantidad de la que corresponde porque si el trabajador no reclama se ahorrarían parte de la indemnización.

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