¿Baja en la seguridad social por sanción?

Durante 7 meses llevo teniendo una persecución por la empresa donde trabajo por motivo de mi acogimiento a reducir jornada por guarda legal, me han tenido barriendo, limpiando y realizando todo tipo de trabajos ajenos a mi categoría laboral. Como esto no ha funcionado para conseguir mi marcha, no he aceptado di ferentes ofertas para marcharme, y no me pueden despedir de cualquier modo por lo que tengo entendido, han comenzado una persecución disciplinaria y me han sancionado con una falta grave, que consta de 10 días de suspensión de empleo y sueldo. Hasta aquí todo es lo normal que debiera, pero mi sorpresa es cuando recibo un mensaje de la seguridad social diciéndome que la empresa me ha dado de baja; m gustaría saber si esto esta dentro la legalida, y me gustaría saber también que tengo que hacer en caso que no e den más de alta y no me den ni carta de despido ni me dejen incorporarme el día que corresponde.
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El problema lo tienes tú que no estás haciendo nada.
Ante la movilidad funcional hacia abajo, prohibida por el Estatuto de los Trabajadores, puedes y debes demandar para que te restituyan en tus funciones originales.
Ante la sanción puedes poner demanda también, en el plazo de 20 días hábiles desde que te la comunicaron. Como la empresa no podrá probar ningún hecho, el juez anulará la sanción y te devolverán el dinero sin que tengas que devolver las horas. Si no lo haces te pondrán otra y a la calle.
En cuanto a la sanción, es correcto que te den de baja en la SS durante los días de sanción. Si no te dan de alta sólo tienes que demandar por despido nulo.
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