¿Prestación Desempleo y Beca Séneca compatibles?

Paso a comentar mi caso.
Soy un alumno de la UPV al que le han concedido una beca Séneca para la UPC de Cataluña, con una dotación de 500 euros mensuales entre octubre de 2010 y junio de 2011 (9 meses).
El caso es que el mismo 31 de septiembre finaliza mi contrato de trabajo y la única fuente de ingresos que dispondré será la prestación por desempleo, de la que me corresponde 1 año y 9 meses. A todo esto hay que sumar que, por circunstancias, mis ahorros son nulos.
Como ahora me han concedido la beca, mi pregunta es:
¿Es compatible el cobro de esta beca con el cobro del desempleo?
Cobrando el paro, estoy dispuesto a ponerme a trabajar en cuanto me salga algo, pero claro, mientras tanto no voy a perder el tiempo y he de seguir formándome. Si mal no tengo entendido, a los parados se les paga la matrícula en masters oficiales y ese no va a ser mi caso, teniendo que abonar yo el importe de la matrícula de estudios de segundo ciclo como viene siendo la Ingeniería en Informática.
Si renunciara al paro, evidentemente no puedo vivir sólo con 500 euros en Barcelona (contando con que tengo que pagar una letra que cada mes asciende a 265 euros), y claro, renunciar a la beca por tener que cobrar el paro también sería una pena, teniendo en cuenta que esta beca no cotiza a la Seguridad Social y que la he conseguido por méritos académicos.
No sé si habrán tenido un caso similar y podrían orientarme, ya que en 10 días tengo que aceptar o rechazar la beca, y en caso de aceptarla, si llegado el momento en el INEM me dicen que no me pagan la prestación por desempleo, o que me la cortan y que devuelva lo que me hayan dado hasta entonces sería... Pues eso, un desastre ^^.
Aquí está el enlace con toda la información referente a la beca de la página del Ministerio.
http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/movilidad/de-estudiantes/grado/seneca.html
En el ministerio de educación me han respondido diciendo que no hay problemas por su parte. En el INEM no son tan claros, les he llamado y me dicen que la beca no tiene que tener ninguna cláusula de exclusividad.
Sólo dos apuntes más:
Con carácter general, La Ley General de la Seguridad Social dice:
Artículo 221. Incompatibilidades.
1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
En las obligaciones de los beneficiarios de la beca séneca, está el siguiente párrafo. Yo no me matricularé de un curso entero, sino de 52.5 créditos.
3. Son obligaciones de los becarios:
d) Realizar su labor en la universidad de aplicación de la beca y cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación, con respeto de las normas propias del centro que lo acoge y con la dedicación requerida y, en particular, asistir a todas las actividades lectivas así como presentarse a las pruebas y exámenes que correspondan a la programación académica de la estancia concedida y superar, al menos el cincuenta por ciento de los créditos necesarios para la obtención de la beca.

3 Respuestas

Respuesta
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La beca es por estudio tu no estas realizando trabajo alguno ni la universidad está dándote de alta en la ss, por lo que debo decirte que es compatible, no comentes más en el inem y sin problema solicita tu paro y cobra labeca.
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No es incompatible con el cobro del Inem, puede recibir ambos abonos.
En el punto 1. y cara por si quiere hacer otro trabajo indica que si se realiza un trabajo a tiempo parcial, le reducirán por las horas trabajadas del importe del subsidio por desempleo, que será lógicamente el tipo de trabajo que realice y siempre que lo haga con contrato laboral.
Perdería el total de la prestación si el trabajo fuera a tiempo completo, pero entiendo que no será en su caso.
Igualmente, antes de aceptar cualquier trabajo, será mejor que consulte en qué le quedaría el subsidio para saber si le compensara.
Mucha suerte y felicidades por esa beca concedida.
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Le pego una consulta hecha a una letrado de Madrid.
Respecto a la compatibilidad entre una prestación de desempleo (contributiva) y una beca remunerada, la normativa establece la compatibilidad porque como becario no existe relación laboral.
Es lo que sucede en los supuestos de becas y ayudas por asistencia a las acciones de formación ocupacional o para realizar prácticas que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre las entidades que conciertan la beca y el centro docente (RD 625/1985) También resultan compatibles con las prestaciones por desempleo -o subsidios- los complementos reconocidos a trabajadores.
Lo que es importante es que se asegure que está ante unas prácticas propiamente.
La ley General de la Seguridad Social establece que el desempleo es compatible entre otros, con el siguiente supuesto:
Las becas y ayudas que se obtengan por asintencia a acciones de formación ocupacional o para realizar prácticas en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre dichas entidades y el centro docente de que se trate. Es decir, que con independencia de la cantidad que se perciba, la compatibilidad de las dos percepciones se permite cuando la beca o ayuda está asociada a un programa de formación ocupacional (formación para desempleados en centros concertados) o reglada en centros que tengan concertadas las prácticas con entidades públicas o privadas.
Lo expuesto da a entender que es compatible.
De cualquier forma, en el caso de la Beca Erasmus, se advierte de la incompatibilidad con otras prestaciones, no he podido leer este tipo de incompatibilidad en la beca Séneca.

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