Parte del sueldo B, ¿Me puededen descontar IRPF?

Hola buenos días, mi duda es la siguiente. ¿Yo estoy cobrando 1150? Al mes, ¿tengo una nómina que no llega a 900?, el resto me lo pagan en B. Conforme están las cosas en el trabajo mi jefe ha decidido que tenemos que pagarnos nosotros el IRPF, y mi pregunta es:
Si nos descuentan ya un % de IRP en la nómina, ¿qué IRPF se supone que tengo que pagar? Porque del dinero en B no se declara nada.
Y si realmente se empecinara en que lo pagáramos, ¿no sería mejor que declarara todo el jornal en la nómina y se descontara el IRPF que corresponda? ¿O no le interesa a mi jefe ya que debería pagar más en la SS por mi?
Gracias por vuestra ayuda.
Un saludo.

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Supongamos que todos tus conceptos salariales de la nómina, con parte proporcional de pagas extras incluidas, sumaran 1500 euros al mes. Eso es lo que se llama la base de cotización, que viene en todas las nóminas y es lo que cobras realmente. Aparte te dan en B 500 euros más.
En este caso tu jefe paga a la SS más o menos un 30% del dinero A, es decir, ¿unos 450?. De los 500 en B no paga nada, pero ese dinero B no te cuenta para las indemnizaciones, bajas, vacaciones, paro... por lo que el único beneficiado del dinero B es él y los perjudicados sois tú y la SS.
En cuanto al IRPF. Normalmente él debe descontarte un 10% aproximadamente de esos 1500 brutos e ingresarlos en Hacienda a tu nombre. ¿Es decir más o menos unos 150? Al mes que realmente él no paga, sino que te lo descuenta de lo que tú tienes que cobrar. De forma que en neto cobras 1350 con pagas extras incluidas, pero hay 150 euros que le vas adelantando a Hacienda cada mes, para que así al año siguiente no tengas que pagar todo de uno, sino que normalmente te sale a devolver.
Con lo de pagaros el IRPF lo que va a hacer, creo yo, es que os va a bajar todos o algunos de los conceptos, ¿por ejemplo para que la base de cotización sea 1400?, ¿Pero luego os baja también la retención y la deja en 50?. ¿En neto sigues cobrando 1350?, ¿Pero ahora estás pagando 50? Al mes a Hacienda, con lo que al año siguiente la declaración te saldrá a pagar o a devolver menos. Al final la cuenta va a ser la misma, solo que vas a pagar después y además realmente te ha bajado el sueldo.
En resumen, que haga lo que quiera, pero tú mira la base de cotización que es lo que cuenta. Si te la rebaja, demanda al canto. Lee este artículo sobre cómo cobrar deudas de la empresa.
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