Fraude de ley en contrato temporal

He estado leyendo sobre el fraude de contrato temporal y me gustaría que pudiera contestarme alguna pregunta puesto que no me ha quedado muy claro.
LLevo 6 meses trabajando en una empresa cuyo jefe es un aprovechado, tiene gente trabajando sin contrato, sin dar de alta en la seguridad social y a la que paga en negro.
A mi misma me ha hecho chanchullos con las nominas(pagado de menos) y cuando lo he demostrado ha dicho de pagarme la diferencia y aun me la debe. Ademas no paga plus de transporte ni plus de idiomas(no se si esto se puede hacer) y no paga las vacaciones no disfrutadas! Y por ultimo parece que hace contratos de duración determinada, primero de 3 meses, haciendo luego una prorroga de otros 3.Cuando algunas llevamos 3 meses, incorpora a otras chicas con el mismo tipo de contrato, por 3 meses, y nos renueva a nosotras por 3 meses más, de manera que esos últimos 3 meses que nos quedan a las primeras que entramos, lo dedicamos a formar a éstas, y así sucesivamente, para así evitarse una renovación más amplia, puesto que este tipo de contrato, si no me equivoco no puede renovarse a más de 6 meses,¿es fraude eso?
Luego también, yo entre con un contrato de duración determinada para la temporada otoño-invierno por 3 meses, y no he visto mi nuevo contrato de otros 3 meses o la prorroga de este, por lo cual no la he firmado, entonces... Si dice de no renovarme ¿puedo quejarme por no estar de acuerdo con la fecha de caducidad de éste?
Luego también, si cuando vea el contrato este sigue poniendo temporada otoño-invierno...¿es fraude si yo esos últimos 3 meses he estado trabajando en temporada primavera-verano?
Y por ultimo... He leído que si la causa de la contratación subsiste aun habiendo terminado el contrato, subsistirá la relación de trabajo por el tiempo que susista la causa. Por lo tanto, si a mi se me contrato para por ejemplo el exceso de trabajo que genera la temporada primavera-verano, y aun cumpliéndose mi contrato, siguen trabajando con la temporada primavera-verano...¿puedo acogerme a esto?

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Por lo que comentas tienes un contrato temporal por circunstancias de la producción, si llegada la finalización del mismo no se denuncia por ninguna de las dos partes, o no se prorroga expresamente por parte de la empresa, implicaría que el contrato quedaría prorrogado tácitamente hasta la duración máxima del mismo, en principio es 6 meses aunque la mayoría de convenios colectivos establecen una duración máxima de 12 meses, esto debes consultarlo en tu convenio ya que es lo más habitual.
Existe fraude de ley cuando se utilizar un contrato temporal para cubrir un puesto de trabajo indefinido, como parece ser que está haciendo tu empresa, en este caso tienes derecho a exigir judicialmente el contrato indefinido, si lo haces una vez finalicen tu contrato tendrías derecho a la readmisión o a una indemnización de 45 días por año trabajado (a elección de la empresa), si lo haces durante la relación laboral tienes derecho al contrato indefinido y la empresa no podría despedirte.
Los trabajadores que están trabajando sin contrato, una vez superado el periodo de prueba establecido en el convenio colectivo, tendrían derecho a exigir el contrato indefinido.
Debido a las irregularidades que se están produciendo es muy importante que busques ayuda profesional de forma directa para estar correctamente asesorada, te indiquen que pruebas debes recoger y reclamar cuando corresponda.

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