Contrato de interinidad por excedencia voluntaria.

Soy una persona que llevo cuatro años con un contrato de interinidad sustituiendo a otra que se encuentra en excedencia voluntaria. Mis preguntas son las siguientes:
En caso de que esta persona no solicite su reincorporación en los plazos legalmente establecidos o manifieste de forma voluntaria su negativa a volver a la empresa ¿Estoy yo en el derecho de ocupar dicha vacante o por el contrario la empresa me puede despedir y contratar a otra persona para que ocupe dicho puesto?.
¿Seria legal la situación laboral en la que me encuentro en estos momentos? Tengo mis dudas de que el contrato de interinidad sea el más adecuado a mi situación.
¿En algún supuesto el convenio colectivo puede otorgar el derecho de reserva de puesto de trabajo a una persona que solicita excedencia?.

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No se puede hacer un contrato de intirinidad por excedencia voluntaria ya que esta no refleja la reserva del puesto de trabajo por lo que tu contrato está en fraude de ley. Tendrás que demandarlo para reclamar la plaza fija que te corresponde.
Hay un detalle que olvide mencionar, y es que el convenio colectivo por el que nos regimos atribuye el derecho a reserva del puesto de trabajo durante el plazo de tres años al trabajador que solicite excedencia voluntaria.El caso es que ya han transcurrido 4 años.
Gracias
Pues yo entiendo que si supera los tres años de excedencia no tiene ya reserva del puesto de trabajo por lo que tu contrato llevaría en fraude de ley un año.

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