Indemnización de convenio

Me concedieron una Incapacidad Permanente Total para mi profesión habitual tras sufrir un accidnte laboral, el cual se produjo porque faltaban medidas de seguridad.
La compañía aseguradora quiere pagarme la indemnización que me corresponde, según el convevio colectivo de la construcción, por dicha incapacidad que me concedieron.
Tengo entendido que el empresario tiene responsabilidad civil por el accidente, al no cumplir con las medidas de seguridad.
Por lo tanto lo que no me convence es la hoja que la compañía aseguradora quiere que firme para cobrar la indemnización, ya que creo entender que lo que quieren decir, es que la responsabilidad civil de la empresa queda cubierta con esta indemnización, cuando dicha indemnización es por la incapacidad que se me concedió-
Lo que dice en la hoja de la compañía es lo siguiente:
D. Pocotu, ¿reconoce haber recibido de la compañía POR la cantidad de ...?, percibida a titulo de indemnización completa, definitiva y sin reserva alguna, por cuantos daños y perjuicios se causaron con ocasión del siniestro de referencia acontecido el día dd/mm/aaaa donde se le ha concedido una Invalidez Permanente Total para la Profesión Habitual, todo ello conforme a la póliza de Accidentes Convenio suscrita por la empresa Y con esta entidad.
Medianate el cobro de la citada cantidad, se considera totalmente indemnizada, reconociendo que por parte de LA COMPAÑÍA se ha dado fiel cumplimiento a sus obligaciones contractuales en relación con la mencionada póliza de Accidentes, comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar de la misma, por el citado siniestro y obligándose a ratificar este documento ante la Autoridad Administrativa o Judicial que fuera necesario para que su contenido taenga efectividad.
¿Qué quiere decir esto?
¿Puedo demandar a la empresa por responsabilidad civil si firmo la hoja que me dice la compañía? ¿O queda cubierta toda la responsabilidad si firmo dicha hoja?

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Pocotu en tu caso hay dos temas:
Primero en cuanto al tema de la indemnización de la empresa si faltaban medidas de seguridad por supuesto tendría una responsabilidad de reparar los daños que el accidente te ha ocasionado. El tema fundamental es si la indemnización que te paga el seguro de tu Convenio compensa dichos daños. En cuanto a dicho tema te comentaré que los juzgados están valorando dichos daños con arreglo al baremo existente para los accidentes de circulación descontando de dicha cantidad todas aquellas que ya se hayan percibido y que también sirvan para indemnizar el mismo (la cantidad del seguro, las prestaciones percibidas de la Seguridad Social, etc.). Así pues, si bien es verdad que con la firma de dicho documento pierdes la opción de pedir una indemnización mayor que la que te paga la compañía de seguros, lo que hay que comprobar es si se pierde dinero de conformidad con los criterios que utilizan los juzgados para valorar dichos daños. Para ello te recomiendo que te dirijas a un abogado que te oriente sobre las indemnizaciones que se han conseguido en casos parecidos al tuyo. Si realmente no pierdes dinero o pierdes muy poco plantéate si te interesá reclamar judicialmente la indemnización y el pago del seguro, pues los plazos para resolver estos temas suelen ser largos.
En cuanto al segundo punto estaría el tema del recargo de prestaciones, recogido en el art. 123 de la Ley General de Seguridad Social. Dicho artículo dice que cuando el trabajador sufre un accidente de trabajo por falta de medidas de seguridad, al empresario se le puede obligar a pagar un recargo de entre el 30% y el 50% de la prestación. Me imagino que si en tu caso intervino la inspección ya habrá resuelto en tal sentido, pero si no lo ha hecho podrías tu solicitar directamente al INSS dicho recargo de prestaciones, sin que la firma del documento de entrega de la indemnización del seguro pueda ser un obstáculo para tu solicitud.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar información sobre otros temas de interés relacionados con el derecho laboral:
Gracias por tu respuesta manu2403
Pero me podrías aclarar entonces:
Si firmo el documento de la compañía aseguradora para cobrar la indemnización ¿ya no puedo denunciar a la empresa por responsabilidad civil?
Gracias de nuevo, y perdona mi insistencia, pero estoy en una encrucijada.
Un saludo.
Si firmas te reconoces como suficientemente compensado de los daños sufridos en el accidente con lo que no podrías pedir más dinero a la empresa como indemnización.
Buenas tardes manu2403
Simplemente darte las gracias por tu ayuda. Me es de gran utilidad la respuesta que me has dado. Ahora solo tengo que valorar si merece la pena la reclamación judicial.
No dudaré en volver a preguntarte si me vuelve a surgir alguna duda, pues tus respuestas son muy claras y concisas.
Gracias de nuevo y un saludo.

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