Accidente laboral por falta de medidas de seguridad
Mi situación es la siguiente:
Soy albañil, y hace 7 meses sufrí un accidente laboral por falta de medidas de seguridad, puesto que trabajábamos en la cubierta de una nave, a 7 metros de altura aprox. Formada por placas metálicas, y algunas de plástico, y donde no contábamos con ningún tipo de seguridad ni individual (cuerdas y arneses, lineas de vida), y colectivas (pasareles, redes, etc). Todo esto lo hace constar el ministerio de trabajo en el expediente sancionador a la empresa, la cual hizo alegaciones, que luego fueron desistimadas, aunque el expediente sancionador todavía no es definitivo, pues le queda el recurso de alzada.
Actualmente estoy en incapacidad temporal, pero mañana debo ir a la mutua ya que me han requerido para darme el alta con propuesta de incapacidad permanente total, hasta que me vea el tribunal medico. Pero en la misma mutua me dijeron que al darme el alta mi situación de incapacidad temporal se acababa y pasaba a ser... (no se e nombre que le dieron) hasta ser vsitadao por dicho tribunal medico.
Mis preguntas son las siguientes:
1.¿Cómo se llama la situación a la que paso después de la incapacidad temporal y hasta que me visite el tribunal medico y me conceda un tipo de incapacidad permanente?
2.¿Qué derechos tengo ante la empresa en esta nueva situación respecto a salario, vacaciones no disfrutadas, pagas extras y finiquito?
3-En caso de concederme la incapacidad permanente total, la indemnización que me corresponde según el estatuto de los trabajadores y el convenio colectivo ¿me la debe de abonar la empresa? ¿Es necesario recurrir a un abogado para reclamar dicha indemnización?.
4. ¿Quién se hace cargo de la indemnización en caso de que la incapacidad permanente sea la parcial?
5. ¿Tengo derecho a denunciar a la empresa ante la justicia por falta de medidas de seguridad? ¿En qué rama del derecho (civil, penal)? ¿Ante qué juzgado se realiza la denuncia (social, 1ª instancia) y cual es el plazo para cada vía?
Soy albañil, y hace 7 meses sufrí un accidente laboral por falta de medidas de seguridad, puesto que trabajábamos en la cubierta de una nave, a 7 metros de altura aprox. Formada por placas metálicas, y algunas de plástico, y donde no contábamos con ningún tipo de seguridad ni individual (cuerdas y arneses, lineas de vida), y colectivas (pasareles, redes, etc). Todo esto lo hace constar el ministerio de trabajo en el expediente sancionador a la empresa, la cual hizo alegaciones, que luego fueron desistimadas, aunque el expediente sancionador todavía no es definitivo, pues le queda el recurso de alzada.
Actualmente estoy en incapacidad temporal, pero mañana debo ir a la mutua ya que me han requerido para darme el alta con propuesta de incapacidad permanente total, hasta que me vea el tribunal medico. Pero en la misma mutua me dijeron que al darme el alta mi situación de incapacidad temporal se acababa y pasaba a ser... (no se e nombre que le dieron) hasta ser vsitadao por dicho tribunal medico.
Mis preguntas son las siguientes:
1.¿Cómo se llama la situación a la que paso después de la incapacidad temporal y hasta que me visite el tribunal medico y me conceda un tipo de incapacidad permanente?
2.¿Qué derechos tengo ante la empresa en esta nueva situación respecto a salario, vacaciones no disfrutadas, pagas extras y finiquito?
3-En caso de concederme la incapacidad permanente total, la indemnización que me corresponde según el estatuto de los trabajadores y el convenio colectivo ¿me la debe de abonar la empresa? ¿Es necesario recurrir a un abogado para reclamar dicha indemnización?.
4. ¿Quién se hace cargo de la indemnización en caso de que la incapacidad permanente sea la parcial?
5. ¿Tengo derecho a denunciar a la empresa ante la justicia por falta de medidas de seguridad? ¿En qué rama del derecho (civil, penal)? ¿Ante qué juzgado se realiza la denuncia (social, 1ª instancia) y cual es el plazo para cada vía?
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Respuesta de tarmawen
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