Despido tras baja maternal y acumulación de lactancia

He tenido un hijo este año y, tras mi baja maternal, solicité que me dieran en días completos la lactancia y las vacaciones. El primer día que volví a mi jornada laboral me despidieron alegando causas objetivas por bajada de ventas de la empresa. El abogado de la empresa indica que, como me tomé la lactancia completa tras la baja maternal, ya no estoy amaparada por la ley (en cuanto a que no se puede despedir a una trabajadora hasta que el bebe cumple 9 meses). ¿Es esto verdad?

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Tras el descanso por maternidad y a consecuencia de ello no es legal despedir al trabajador, según el art. 53.4 del ET los trabajadores durante el disfrute de la maternidad, lactancia, paternidad y los permisos retribuidos relacionados. También sera nulo el despido después de reitegarte a la empresa tras el disfrute de la maternidad hasta 9 meses después del nacimiento. Esto no sera efectivo cuando se declare que la extinción del contrato no esta relacionada o no es a causa del embarazo, maternidad o esos permisos.
En cualquier caso, deberían haberte entregado la carta de despido 30 días antes de la fecha de efectos y haber ingresado la cantidad de la indemnización en el Juzgado de lo Social (20dias por año de servicio) para que lo recojas o no en caso de impugnar el despido. Dispones de 20 días después de la fecha de despido para presentar demanda contra el despido calificándolo como improcedente. La empresa tiene la carga de la prueba, es decir debe probar que las causas que imputan la extinción son correctas y ya el juez estimara o desestimara tu pretensión. Si califica como nulo te debe readmitir y si califica como improcedente la empresa debe indemnizarte o readmitirte.
Espero haber solucionado tus dudas y recuerdo que puntúes para cerrar la pregunta

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