Fijo discontinuo

Mi pregunta es un trabajador en una empresa en régimen especial agrario, que firma un contrato de fijo discontinuo modelo 300, y transcurrido un periodo de tres años no ha tenido ninguna parada (quiero decir finalización de campaña), pasa automáticamente a fijo o no tiene nada que ver.

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El contrato 300 es de fijo discontinuo no bonificado.
La regulación de estos contratos parte del articulo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, y se debe concertar para realizar trabajos que tengan carácter de fijos discontinuosy no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa. A los supuestos de trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas les sera de aplicación la regulación del contrato a tiempo parcial celebrado por tiempo indefinido.
Por tanto tu contrato está en fraude de ley, y es indefinido, ya que en dicho contrato debe figurar la fecha de finalización.

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