Situación laboral" paranormal"

Les cuento mi situación, no se si paranormal o al menos muyyyyyy extraña... Supongo. Entre en 1 empresa con contrato de 2 meses a el que le siguió una prorroga de 10 meses más, seguidamente empecé a cubrir vacaciones en contratos de 2 en 2 meses y llevo ya más de 18 meses cubriendo vacaciones, bueno teóricamente ya que en realidad sigo en el mismo puesto en el que entre, y suelo estar sustituyendo a gente que en realidad no esta de vacaciones sino que esta en su puesto. Supongo que mientras haya más de 12 personas siempre podre estar haciendo sus teóricas vacaciones anuales. ¿Una por cada mes de año no?.
Añadirles que para más ironías los contratos son de interinidad a tiempo parcial 510, y yo siempre sustituyo a gente a jornada completa. Mi pregunta es: ¿Puedo estar así eternamente?

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Estimado amig@,
La situación es clara, tu situación aunque no aparezca reflejada en ningún lado, es de indefinido/a, te cuento...
En primer lugar el contrato inicial que te hicieron es de duración determinada (402 o un 502) y es más que probable que estés según convenio de hostelería, ya que el contrato superó los seis meses (este tipo de contrato sumando prorrogas no debe exceder de 6 meses salvo que diga lo contrario en convenio, y de ninguna forma puede superar los 12 meses en un periodo de 18 meses). Este contrato se realiza para la acumulación de tareas, y por lo que comentas de acumulación de tareas no tiene nada ya que es el trabajo normal de la empresa.
En segundo lugar el contrato que te están realizando (510), es de interinidad, y la sustitución de las vacaciones nunca es una interinidad (este tipo de contrato se utiliza para sustituir a personal de baja por IT o por accidente...) vamos, para sustituir a trabajadores que tienen derecho a reserva del puesto de trabajo, y en el contrato se debe indicar la persona a la que se sustituye y la causa. Por lo que este contrato está en fraude de ley y se considerará indefinido a todos los efectos.
La solución es la siguiente, los dos contratos están en fraude de ley y se considerarán indefinidos a todos lo efectos, esto significa que el día que te comuniquen la finalización del contrato (si llega ese día) lo tienes que denunciar ya que es un despido improcedente, y esto no tiene ninguna discusión, te lo aseguro, es un caso clarísimo de despido y te tienen que indemnizar con 45 días por año trabajado (y con fecha de inicio del primer contrato - el de 12 meses).
En respuesta, si puedes estar así eternamente si tu quieres ya que eres una trabajador/a fijo/a. Enhorabuena...
Aclaración, cuando tienes un contrato de sustitución no tiene que ser con las mismas condiciones del sustituido, vamos, que puedes tener un contrato a tiempo parcial. Eso es correcto, salvo que trabajes las 40 horas semanales, en ese caso es para denunciar o es que te va la marcha...
Mucho ánimo.
Les cuento mi situación, no se si paranormal o al menos muyyyyyy extraña... supongo. Entre en 1 empresa con contrato de 2 meses a el que le siguió una prorroga de 10 meses más, seguidamente empecé a cubrir vacaciones en contratos de 2 en 2 meses y llevo ya más de 18 meses cubriendo vacaciones, bueno teóricamente ya que en realidad sigo en el mismo puesto en el que entre, y suelo estar sustituyendo a gente que en realidad no esta de vacaciones sino que esta en su puesto. Supongo que mientras haya más de 12 personas siempre podre estar haciendo sus teóricas vacaciones anuales. ¿Una por cada mes de año no?.
Añadirles que para más ironías los contratos son de interinidad a tiempo parcial 510, y yo siempre sustituyo a gente a jornada completa.Mi pregunta es: ¿Puedo estar así eternamente?
Dándoles las gracias anticipadas, les envío un saludo
Lo curioso es que yo sigo firmando contratos cada 2 meses, y no, je je no me va la marcha yo cumplo con mi horario de 30 horas semanales aunque sustituya a personal en jornada completa, bueno ya le digo todo es pura teoría, literalmente mis contratos pone:Sustituir al trabajador xxxxx xxxxx, xxxxxx, xxxxxx por vacaciones siendo la causa:
POR sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo
Y así llevo 18 meses.
En fin muchas gracias por su respuesta y a esperar...
Existe un cierto desconocimiento con los contratos de interinidad, en mi circulo de trabajo he llegado a tener que discutir sobre este asunto, ... pero lo que dice la ley sobre este asunto es claro, las vacaciones no se pueden considerar reserva de un puesto de trabajo ya que estás son un derecho de todos los trabajadores.
Cuando te den vacaciones que harán contratar a otra persona como interina para sustituirte, no tiene sentido... Bueno, si lo tiene ya que los contratos de internidad están bonificados con respecto al resto contratos de duración determinada, se ahorran un dinerillo, no es mucho, pero menos da una piedra.
Como ya te dije en ese aspecto puedes estar tranquilo, eres indefinido, pero si quieres puedes acercarte a cualquier sindicato, estoy seguro de que te dirán lo mismo que yo.
Un saludo,
si has terminado, no olvides finalizar y valorar (

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