Contrato de jornada completa a media jornada

El caso es de un empresario que tiene un trabajador con contrato 189 desde julio de este mismo año. Ahora como el trabajo a bajado, le ha planteado al trabajador la reducción a media jornada, y ha aceptado. ¿Tiene qué hacerlo por escrito? Es decir, ¿tiene qué firmarle al empresario su conformidad? ¿Cómo se haría la transformación del contrato? ¿Habría qué firmar un nuevo contrato? En caso que así fuera, ¿sería un 289 o un 200? Por favor, ayudadme que estoy un poco perdida.

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El contrato 189 es un contrato convertido a tiempo completo y bonificado por el INEM.
Por tanto, el empresario incumple el mismo si lo convierte a jornada parcial. Por consiguiente el trabajador no debe firmar la reducción de jornada, y el empresario tampoco puede hacerlo. En caso de nuevo contrato, tiene que liquidar el primero .
De todas formas, es preciso ir al INEM para hacer los cambios. Son igualmente contratos bonificados para la empresa por ser indefinidos.
Finaliza y puntúa
Buenas tardes,
Ante todo muchas gracias por la clara respuesta, pero, ¿habría modo de transformar el contrato en jornada parcial? Mandé un mail preguntando al INEM, y me contestaron:"No tiene que hacer un contrato nuevo, sigue vigente el que tiene, es una variación de jornada". Continuaba así: "Los datos básicos que se deben comunicar al Servicio Público de Empleo aparecen regulados en la Orden TAS 770/2003 de 14-03-2003, de acuerdo con ella, desde Contrat@ no se admiten variaciones de jornada, categoría profesional, subrogaciones... En estos casos, debe hacer un escrito comunicándole al trabajador la variación correspondiente; este escrito firmado por Empresa y Trabajador, puede, si quiere, comunicarlo a la Oficina de Empleo". Como esta respuesta no me quedó muy clara decidí preguntar a Todoexpertos y me encuentro con una respuesta totalmente distinta, perdón por mi torpeza pero ¿doy por cierto entonces que hay que liquidar un contrato y concertar otro? Muchas gracias.
Sin lugar a dudas, ya que vuelvo a repetir que efectuar una modificación del contrato a reducción de jornada con un trabajador, puede acarrear problemas, máxime cuando el contrato firmado es bonificado, y a tiempo completo.
Por consiguiente lo que le ha contestado el INEM es correcto, es decir, que ellos no intervienen en asuntos internos de una empresa, y por ello hablan de variación de jornada, pero sin embargo a efectos del propio trabajador, este esta en su derecho de no firmar dicha variación, y hasta inclusive de demandar a la empresa, si lo hiciera en contra suya.
No obstante, si el propio trabajador esta de acuerdo con esa reducción de jornada, no tiene nada más que firmar la modificación de variación de jornada.
Finaliza y puntúa

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