¿Falta de pago?

¿Buenas tardes quisiera saber cuando puedo denunciar a mi empresa por falta de pago de la nomina? ¿A partir de que día?

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El articulo 29 del estatuto de los trabajadores indica que "la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes".
Es decir que si usted cobra regularmente el día 1 todos los meses y por ejemplo el salario del mes de agosto se lo abonan normalmente el 1 de septiembre, puede formular la denuncia a partir de 1 de octubre.

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