Reducción de jornada, salto a otro turno: por estudios

Es mi primer mensaje, así que saludo a todo el mundo, así como a los expertos que aportan su conocimiento y nos ayudan. Me llamo Paco, tengo 25 años y soy de Valencia, encantado ;)
Mi caso es el siguiente:
Trabajo en una fabrica a turnos (mañana, tarde, noche..), y un par de sábados al mes.
En septiembre empiezo estudios oficiales (ciclo superior) y mi convenio dice exactamente:
Artículo 56. Reducción de jornada
3. C) Por razón de estudios. Los trabajadores podrán reducir hasta el 50% de su jornada laboral, con una reducción equivalente de su salario, cuando cursen con regularidad estudios para la obtención de un titulo oficial de formación reglada, debiendo solicitarlo con 30 días de antelación y renovarlo anualmente. Así como para la preparación y realización de exámenes finales y una duración mínima de tres meses. D) Previsiones comunes a todos los supuestos: La reducción de jornada contemplada en el presente artículo constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. La reducción de jornada es compatible con el contrato a tiempo parcial. La reducción de jornada podrá realizarse dejando de trabajar unas horas al día o podrá aplicarse a dejar de trabajar determinados días de la semana. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de las reducciones previstas en los anteriores 4 apartados corresponderán al trabajador y a la trabajadora, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la aplicación del presente artículo serán resueltas por el procedimiento previsto legalmente para ello. El disfrute de estos derechos no supondrá pérdidas de otros derechos, en particular los de formación y actualización profesional. A la finalización de la reducción de la jornada el trabajador tiene derecho a incorporarse en las mismas de condiciones a su puesto de trabajo.
-> Según ésto puedo reducirme la jornada (y el sueldo), ¿cierto? En principio y de modo verbal me han dicho que NO por causas organizativas, pero eso ahí no está contemplado (sí en el caso de formación continua) pero ésto son estudios oficiales, del mismo sector y con los que puedo mejorar.
Yo les propongo: "Si me tengo que coger una excedencia y has de contratar a un tío... Contrátalo y en lugar de irme a otro sitio me quedo aquí de limpieza, carretillero, comodín... Para lo que haga falta (y así que se ahorren a los chicos de ETT que traen durante la semana, que son 3 o 4 siempre).
Me dicen que les trastoca y que no, cosa que no entiendo, pues yo sé mucho más que esa gente que viene, y haciendo el ciclo sabría mucho más aún, podría estar de jefe de turno, de calidad..
Me han invitado a NO hacer el ciclo o dejarme el trabajo (entiendo que tras 3 años y estando indefinido les sale más barato eso que otra cosa).
PD:Si me lo arreglan hay una historieta (beca o ayuda) de la comisión tripartita para el empleo y la formación (forcem) que les pagarían a ellos (por las molestias ocasionadas) y aún así no quieren.
¿Qué hago? Me hago un escrito, ¿y si no me lo aceptan les demando?

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Respuesta
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En efecto, y sirviéndote del articulo 56 de tu convenio, solicita tu reducción de jornada, y si te dicen que no, deben poner las causas, y si no están contempladas en dicho articulo, puedes tranquilamente demandarles.
Son 3 años de antigüedad y debes rentabilizarlos como puedas, porque en caso de excedencia, no vas a cobrar nada, ni tan siquiera paro.
Hola, muchas gracias por tu respuesta.
Pues les hice un escrito de 4 hojas, comentándoles las opciones posibles etc.. lo positivo de mis estudios para la empresa.. les cité los artículos del estatuto y del convenio.. incluso la política de la empresa donde dicen formar al personal..
Me han contestado un escrito que la verdad no termino de entender, pues no citan nada del convenio. O no se enteran o no sé...
Me lo niegan porque dicen que es una cosa mía, ajena al trabajo..
¿Qué trabajo a turnos y no puedo acogerme a esos artículos (a donde me acojo entonceS?).
Que estudiar eso no va a hacer que ascienda o mejore (cuando sí son estudios del sector al 120%!)
Y que con eso no puedo provocar molestias organizativas.
Esa última podría darme algo de miedo pero es que tampoco está contemplada en el convenio...
Además me amenazaron con despedirme, a lo que les dije "entonces será improcedente, me ampara la ley!" y dijeron que sí, desacreditando entonces todo argumento y dándome la razón ipsofacto...
Pues para estar a malas prefiero que me despidan, irme al paro y estudiar tranquilo.
Ahora forzaré un poco más.
Un saludo y gracias!
pako

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