Despido nulo y reincorporación fuera de España

Fui despedido por motivos económicos, con una indemnización de 20 días. Mi situación era de media jornada por guarda legal. No pudimos conciliar, etc... Y denuncié buscando despido improcedente, NO despido nulo, ya que la empresa ya ha cerrado su actividad en España (no así en Francia, de la que dependíamos). En estos 9 meses he estado 3 meses en el paro y 6 meses trabajando (3 de ellos a media jornada). Además, a juicio llevamos a otra empresa creada en España por supuesta continuidad de actividad. No tengo ningún interés en que se considere nulo mi despido, ya que la reincorporación sería en Francia o en nueva empresa donde intuyo me van a hacer la vida imposible. Además si los salarios de tramitación son valorados a media jornada y tengo de devolver la indemnización, al final de la corrida, voy a tener que poner dinero encima. ¿Qué me aconsejáis, con este panorama, en caso de nulidad, podría seguir insistiendo en la improcedencia del despido?

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La readmisión es obligatoriamente en las mismas condiciones, entre las que está que sea el mismo centro de trabajo. Por tanto puedes descartar totalmente que la empresa te readmita en el extranjero. En caso de proponerlo, pides la ejecución de la sentencia en la cual alegas que tu centro de trabajo ya no existe. Entonces probablemente el juez transformaría el despido nulo en improcedente.
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