¿Me pueden obligar?

Este foro esta muy bien para resolver todo tipo de preguntas, el otro dia os hice una pregunta y me diron algunos consejos que me han ayudado. Tengo algunas dudas mas aver si me podeis ayudar. En el caso de que echen de la empresa y me den solamente 20 dias de finiquito en vez de 45;
¿Me pueden obligar a firmarlo sin estar de acuerdo?
¿Puedo decir que me lo quiero llevar antes de firmar para consultarlo aver si esta bien o no?
¿Cuáles son mis derechos? ¿Cómo debería actuar?

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Hole Joseloeb, si te indemnizan sólo 20 días no es que te puedan obligar a firmarlo sin estar de acuerdo, lo único que te puede suceder es que te retengan el pago hasta que lo firmes. PUedes solicitar la presencia de representante legal de la empresa o delegado sindical si lo hubiera en la empresa para ver los pormenores y ver si es correcto.
Si te vale de algo la firma de ese documento no tiene carácter liberatorio de la empresa ante un posible error de cálculo que puede ser denunciado posteriormente, siempre se pueden reclamar cantidades. Quiero decir con esto que yo firmaría para que se me hiciera el ingreso y poder llevarme el documento para su revisión que no será obstáculo si luego quieres demandar a la empresa.
Ok. Muchas gracias por tu respuesta, ¿pero puedo poner en el papel recibí no conforme? ¿Y pedir una fotocopia del mismo no? ¿Es qué lo que no quiero es que me intenten timar sabes? Que seguramente hagan eso me pongan 20 días aver si trago, pero pienso pedir lo que me merezco. Otra duda, ¿Tendría qué buscarme un abogado o voy a una asesoría con el documento? ¿O cómo debería actuar? Muchas gracias de antemano.
Puedes firmar no conforme si te sientes más tranquilo pero eso los pondrá en alerta de una posible demanda contra despido, pero insisto que nada impide que firmes no conforme, y una vez que lo has firmado te darán tu copia, aunque igualmente les puedes solicitar copia del finiquito y las partidas que lo conforman para que pueda revisarlo tu abogado. Si han hecho las cosas bien no creo que te pongan problemas para llevarte una fotocopia para su verificación. Y una vez hayas firmado te abonaran.
Lo primero es saber que te corresponde en función de tu contrato y los años trabajados. El tipo de despido es importante pues si es por causas económicas, organizativas... en virtud del art 51 ET te corresponde efectivamente 20 días. Si estas afiliado a un sindicato puedes solicitar cita con el abogado del mismo para que revise tu liquidación y te indique si es correcto. Caso contrario habrás de buscar un abogado laboralista para que lo revise. Normalmente una asesoría laboral no realiza este tipo de trabajos, no por no estar formados sino por perfil de negocio.
Si te queda alguna duda no dudes en consultarlo.
Espero que con lo indicado haya quedado resuelta tu pregunta, en caso contrario sin problema podemos aclarar aquello que te inquiete.
Si te agradezco que en caso de estar resuelta cierres la consulta pues me sigue figurando.

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