Prórroga de excedencia

Hola,
Quiero pedir una excedencia para estudiar, y me gustaría saber dos cosas:
1- Si solicito incorporarme a la empresa antes de que finalice el período de la excedencia, ¿la empresa está obligada a aceptarme?
2- Si solicito una extensión de la excedencia, ¿la empresa está obligada a dármela?
Muchas gracias por adelantado,
Manuel

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En ninguno de los dos casos está la empresa obligada a concederte lo que solicitas en cuanto a lo primero porque supone cambiar por tu parte unilateralmente las condiciones en las que se te concedió la excedencia por parte de la empresa y en cuanto al segundo por que supondría el poder disfrutar de una nueva excedencia sin que hubiesen transcurrido los cuatro años que marca el art. 46.2 del Estatuto de los trabajadores entre excedencia y excedencia.
Te envío el citado párrafo 2 del artículo 46 por si te sirve de ayuda:
El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
Pero en el segundo caso, la extensión de la excedencia la solicitaría antes de finalizar la excedencia, es decir, sin haberme reincorporado a la empresa.
¿Sigue aplicando para este caso tu respuesta?
Gracias de nuevo.
Si por que estaríamos en la primera de las situaciones que te comentaba de cambiar unilateralmente las condiciones en las que se te concedió la excedencia por parte de la empresa. Por tanto entiendo que no se puede obligar a la empresa a concederte dicha excedencia.

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