Responsabilidad empresa en accidente tráfico laboral

Es agradable comprobar que aun hay gente en internet que se ayuda desinteresadamente.
Le cuento mi caso:
El pasado miércoles tuve un accidente de tráfico con mi coche particular en un viaje de trabajo. Yo salí ileso, pero mi coche ha quedado siniestro total. Mi empresa me paga sólo kilometraje, y ahora me he quedado sin vehículo propio por culpa de dicho viaje. ¿Tiene mi empresa alguna responsabilidad respecto a los daños de mi vehículo? Gracias de nuevo y enhorabuena de nuevo por su trabajo.

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Entiendo que podrías intentar dos vías para conseguir que la empresa asuma la reparación del daño causado:
Podrías en primer lugar acogerte al art. 1101 del Código Civil "Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas." y acogerte a un incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales en cuanto al accidente sufrido (no evaluación del riesgo de accidente de tráfico en la evaluación de riesgos de la empresa, no planificación de medidas para evitar dichos riesgos, falta de formación e información al trabajador relativa al riesgo, etc.). De forma que este incumplimiento del empresario haya ocasionado la producción del accidente. La exigencia de responsabilidad al empresario en esta materia se llevaría a los juzgados de lo social.
Otra posible vía sería la de acogerte a la responsabilidad civil extracontractual del art. 1902 del C.C. "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado". Dicha responsabilidad se exige ante los juzgados de lo civil. En todo caso te recomiendo que te pongas en contacto con un abogado para que determine en tu caso particular cual de las dos vías de actuación le parece más adecuada.

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