Accidente laboral con una incapacidad del 55%

En primer lugar agradeceros vuestra ayuda, mi consulta es :
Me ha reconocido el E.V.I. Y lo que me ofrece es la incapacidad total para el trabajo habitual pero lo que no me queda muy claro es si ademas de la pensión tengo derecho a una indemnización a tanto alzado por la merma o alagun otro tipo de indemnización.
Gracias y un zaludo

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La indemnización a tanto alzado es para la incapacidad parcial, pero excepcionalmente se puede pedir también para la IPT si el beneficiario es menor de sesenta años, sino quiere la cantidad, le corresponde la pensión vitalicia del 55%

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