Plazo comunicación despido

Hace 2 años y 6 meses que trabajo en la misma empresa. Hace 6 meses, cuando firmé el contrato de indefinido, me dijeron de palabra, que cuando volviera una compañera a realizar la jornada completa, (después de una reducción de jornada de 2 años) si la cosa no iba del todo bien, me despedirían y que no cobraría indemnización. Yo acepté. El próximo 1 de abril, mi compañera regresa a jornada completa. Ayer volví a hablar con el jefe y me comfirmó que me despedían.
Me han dicho que solo cobraré la nómina, la parte proporcional de paga extra y las vacaciones no disfrutadas. No me han dicho nada de indemnización.
No me ha dado ningún papel a firmar, ni de comunicación de despido ni de nada.
A lo que te pregunto:
- ¿Con qué tiempo de antelación me tienen que avisar por escrito?
- ¿Tengo derecho a paro?
- Si el día 1 de abril, no me han dado ningún papel, ¿tengo qué ir a trabajar?

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En principio la comunicación de despido debe hacerse con un plazo de antelación de 15 días, el no hacerlo así conllevaría el derecho a percibir una indemnización equivalente al salario de los días en que dicho plazo se haya incumplido. Al tratarse de un despido si tendrías derecho a cobrar paro pues tiene periodo suficiente. Si no le comunican ningún despido debe ir a trabajar hasta que ello ocurra, aunque si quiere plena garantía puede consultar en Seguridad Social la fecha de su cese en la empresa. La indemnización que corresponda o no, será en función del tipo de despido que se produzca.

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