Baja laboral sin cobrar

Mi nombre es Miryam
Llevo desde Mayo 2008 de baja laboral por depresión causado por acoso laboral hasta fecha de hoy
Como es difícil demostrar el acoso me aconsejo el abogado que esperara a que me dejara de pagar el sueldo estando de baja que a partir del cuarto mes podía denunciar y no me paga desde Septiembre del 2008 hasta fecha de hoy
Puedo pedir el sueldo en la Seguridad Social pero me ha dicho que no lo pida y con ello se ha denunciado a la Empresa reclamando las cantidades y pidiendo extinción de contrato con indemnización
¿Es esto posible?
Quisiera saber si saben de casos parecidos al mio o iguales y mejor si son ganados en juicios para levantarme un poco la moral

1 respuesta

Respuesta
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Claro que hay, y tienes muchas posibilidades de conseguir el fin que pretendes, que es el de terminar tu relación laboral con la empresa, por falta del pago de salarios.
Mira la legislación lo tiene rconocido, a continuación te paso lo que dice al respecto el Estatuto de los Trabajadores, en su articulo 50.
Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
   a.Las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
   b.La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
   c.Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Como veras si que existe algo que puede ayudarte y mucho, te remarcado lo que necesitarías conocer para tu situación y ayuda.
Pero para conseguirlo, también es necesario el presentar reclamación, mediante denuncia al juzgado de lo social.
Antes de nada muchísimas gracias por contestarme Experto, me has dado una gran alegría cuando me dices que hay "salida"
Te comento que la demanda ya esta puesta y leyéndola nombra el articulo 50 y algunos más que si tu quieres te lo expondré aquí, no lo hago ahora por que no se si debo hacerlo
Mi duda es porque me habían comentado que mi caso NO es grave... me explico!
Un trabajador yendo a trabajar si le dejan de pagar la nomina puede pedirlo, pero mi caso en el que estoy de baja laboral y puedo pedir mi sueldo en la Seguridad Social no era tan grave y era difícil ganar una extinción de contrato
Hasta fecha de hoy ni me ha ingresado la empresa ni he pedido mi sueldo en la Seguridad Social aconsejada por mi abogado
Bueno tampoco esta mal el consejo de tu abogado, ya que es la empresa la que actúa como mediadora, entre la seguridad social y tu.
Me explico, la empresa te debería pagar tu baja, y luego cobrarla de la seguridad social, o descontarla de las cuotas que deba pagar a esta, por los seguros sociales de los trabajadores de forma mensual.
Por lo tanto si se pudiera demostrar que la empresa ha percibido, o se ha deducido de las cuotas, de algún modo, las cantidades que debería pagarte a ti, puede demostrar un uso indebido, o fraudulento de tus percepciones.
No esta mal del todo, me parece una buena estrategia, si van por hay los tiros.
Tu podrías solicitar el cobro directo de la seguridad social, pero entonces no podrías solicitar la rescisión de tu contrato.
Estoy equivocado, o me acerco a lo que dice tu abogado.
Exacto! Si pido el cobro por la seguridad social no puedo pedir rescisión de contrato, por ello me dijo que tenia que esperar 4 meses en un principio para denunciar y ahora tengo que esperar hasta que salga el juicio cosa que me esta desesperando
Referente a ...Por lo tanto si se pudiera demostrar que la empresa ha percibido, o se ha deducido de las cuotas, de algún modo, las cantidades que debería pagarte a ti, puede demostrar un uso indebido, ¿o fraudulento de tus percepciones...como se puede averiguar ésto?
Coméntalo con tu abogado, puede que en los TC2, que son los modelos de cotización mensual, puedas tener la respuesta.
Puede que si en el juicio el abogado lo solicite como prueba, lo puedas demostrar.
Si algún compañero desde dentro de la empresa, pueda conseguirte alguna copia que se expongan en los tablones, por lo general están a la vista, te sirva.

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