¿Despido improcedente?

Hola.. Necesito ayuda urgente.
Tengo un contrato de obra y servicio sin fecha de finalización
Cumplo 2 años de contrato el 28 de febrero, y el lunes 26-1-09 un mes antes, nos comunican que no vamos a continuar a mí y a una compañera y nos pagan el preaviso que no ha sido de 15 días y 8 días pro año trabajado.. En total 1150 euros de finiquito.
Nos hemos estado informando que son 45 días, ya que la obra sigue, estamos en el convenio de despachos y oficinas y somos de atención al cliente de una marca automovilísitica
por supuesto la obra sigue.
hemos firmado el pre-finiquito..
¿Qué podemos hacer? ¿pordemos denunciar en inspección de trabajo y denunciar para que se nos reconozcan los 45 días por año?
¿Dónde debemos acudir? ¿A un sindicato o por nuestra cuenta?
Gracias
Solo nos faltaba 1 mes para cumplir 24 meses en la empresa y la obra sigue...

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Si la obra continua no os pueden finalizar el contrato. En ese caso seria un despido improcedente. Os corresponde una indemnización de 45 dias/año o la readmisión con el correspondiente abono de los salarios de tramitación.
La denuncia os serviría para que sancionaran a la empresa con un cuantiosa multa. Pero
Realmente para que os paguen los 45 días deberéis acudir a la vía judicial(juzgados de los
social)previo paso por el servicio de mediación y conciliación.
Os recomiendo que busquéis asesoría profesional cualificada de el gabinete jurídico de al-
Gun sindicato, abogado laboralista o graduado social para planificar la demanda.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Perdona la molestia.. ahora me dicen que no me dan el certificado de empresa si no firmo el finiquito y que no podré pedir el paro..
no he firmado nada.. ¿el paro lo podré pedir rellenando un papel a aparte verdad?
Gracias
¿No os han dado la carta de despido? Si tenéis la carta de despido es suficiente. Cuando vayáis al INEM a tramitar el paro se lo comentáis al que os atienda. Normalmente lo que hacen es reclamárselo ellos a la empresa.
También podéis ir a la Inspección de trabajo a denunciar que la empresa no os da el certi-
Ficado de empresa y con la copia de la denuncia presentarla en el INEM. Podría ser consti-
Tutivo de falta y encima les caería un sanción en forma de cuantiosa multa.
Pero vamos con que lo comentéis en el INEM debería bastar.
Todo eso sin perjuicio de que sigáis adelante con la demanda por despido.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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