Indemnización 33 0 45

Buenas días, me acaban de despedir. Tengo un contrato indefinido no bonificado. La conversión en indefinido se realizo el día 1/03/08.
En la carta de despido incluyen motivos económicos y también se reconoce y declara la improcedencia en cumlimiento articulo 56.2 del Estatuto de los trabajadores en relación con la Disposición Adicional Primera (pto 4) de la ley 12/2001 de 9 de julio.
¿Quiero saber si me corresponden 33 día como pone en el contrato o los 45 días?
Necesito saber si el preaviso es obligatorio en los despidos improcedentes o solo es obligatorio si es objetipo por causas económicas como es mi caso.
Espero respuesta lo antes posible. Muchas gracias

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Como veo que has finalizado la pregunta te respondo a la ultima duda. Aunque el despido sea objetivo declarado improcedente si la empresa no da el preaviso de 30 días puedes reclamarle los días de falta de preaviso, por que ese es el requisito formal para este tipo de despidos.
Intentando aclarar el tema, ¿me corresponden 33 días por contrato en lugar de los 45?
¿Si es obligatorio preavisar con 30 días en en cualquier despido?
El preaviso es en los despidos objetivos inclusive en los declarados improcedentes ya te he dicho que si no preavisan puedes reclamar los días de falta de preaviso. Es decir da lo mismo que lo reconozcan improcedente, es un requisito necesario que den el preaviso. Sino lo hacen los puedes reclamar.
En cuanto a los días me pareció que ya te comente que sin ver el tipo de contrato y sus con-
Diciones no podría asesorarte. Acude al sindicato, a un abogado laboralista o graduado social.
Doy por finalizada la pregunta sino tienes más dudas.

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