Indemnizacion por autodespido

Me gustaría me informaras en caso de autodespido por parte del trabajador por modificación sustancial de condiciones art 41 ET. Actualmente mi mujer tiene concedida la media jornada por guarda legal de un menor a 20 horas semanales.
Se que la indemnización por estos casos es 20 días por año con un máximo de 9 meses, pero mi pregunta es la siguiente ¿qué nominas se toman como referencia para calcular esta indemnización la de cuando estaba a 8 horas o la actual a 4 horas por reducción de jornada por guarda y custodia de un menor?

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Se calculan a jornada completa. Pero es que en el caso de tu mujer es a ella a quien le corresponde fijar su horario (siempre que esté dentro del que tenía a jornada completa) y no se lo pueden modificar. Si lo hacen puede reclamar contra eso y así asegura su permanencia en la empresa con el horario que ella diga.

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