Situación del trabajador en caso de accidente labo
Tengo un contrato de 40 horas semanales, de lunes a domingo con unos horarios fijados. Según esos horarios, como máximo debería terminar mi jornada laboral a las 21.15 (de 12.15 a 21.15 con 1 hora para comer). Hace 10 años la empresa amplió el horario de apertura hasta las 22.00, por lo que nos obligaron a cambiar ese horario por el de 13.15 a 22.15 con 1 hora para comer.
Cuando les dije los horarios que marcaba mi contrato, me amenazaron con el despido si no aceptaba salir a las 22.15 Estuve así obligada durante 4 años continuados, a pesar de que mi hijo era pequeño y después en semanas alternas de mañana y tarde hasta hoy.
Mi pregunta es en caso de accidente laboral grave, que pueda suponer una incapacidad laboral permanente "in labore" o "in itinere" durante esa hora que no cubre mi contrato, ¿Me cubre la Seguridad Social, la Mutua o ninguna de las 2 por estar trabajando fuera de mi horario? ¿Tendría derecho al paro, pensión y/o indemnizaciones pertinentes?
El caso es que si la empresa me ofrece ahora variar el contrato, no me interesa, pues tienen intención de abrir las 24 horas del día en cuanto acabe la crisis.
¿Podría ejercer mi derecho a salir a las 21.15 como tope y mantener la hora de entrada a las 13.15 con 1 hora para comer como derecho adquirido durante estos 10 años que creo he estado expuesta a quedarme sin ninguna cobertura en caso de accidente? ¿Me pueden obligar a cambiar el contrato?
Cuando les dije los horarios que marcaba mi contrato, me amenazaron con el despido si no aceptaba salir a las 22.15 Estuve así obligada durante 4 años continuados, a pesar de que mi hijo era pequeño y después en semanas alternas de mañana y tarde hasta hoy.
Mi pregunta es en caso de accidente laboral grave, que pueda suponer una incapacidad laboral permanente "in labore" o "in itinere" durante esa hora que no cubre mi contrato, ¿Me cubre la Seguridad Social, la Mutua o ninguna de las 2 por estar trabajando fuera de mi horario? ¿Tendría derecho al paro, pensión y/o indemnizaciones pertinentes?
El caso es que si la empresa me ofrece ahora variar el contrato, no me interesa, pues tienen intención de abrir las 24 horas del día en cuanto acabe la crisis.
¿Podría ejercer mi derecho a salir a las 21.15 como tope y mantener la hora de entrada a las 13.15 con 1 hora para comer como derecho adquirido durante estos 10 años que creo he estado expuesta a quedarme sin ninguna cobertura en caso de accidente? ¿Me pueden obligar a cambiar el contrato?
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Respuesta de joseaf2
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