Horas extras

Trabajo en un centro de control de una autopista, dicho centro de control está dividido en dos centros de control que controla una carretera diferente cada uno; cada centro de control pertenece a una empresa con NIF distinto pero ambas empresas pertenecen al mismo grupo. En cada centro de control hay un operario y el trabajo se realiza en tres turnos, mañana, tarde y noche. Cuando algún compañero falta, sea del centro de control que sea, un compañero, sea de la empresa que sea,
sustituye al compañero que falta cobrando las horas extras correspondientes, pero hay veces, sobre todo cuando el operador falta en fin de semana, que no se sustituye porque nadie quiere venir y, entonces el operador que queda tiene que atender los dos centros de control. Mi pregunta es la siguiente: querría saber si el operador que se queda sólo y tiene que atender ambos centros de control tendría derecho a reclamar como horas extras la atención del centro de control que no es el suyo.
Muchas gracias por su atención

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Tendrán que pagaros horas extraordinarias y cotizar por ellas siempre que las realicéis, la hora extraordinaria es aquella hora que realizáis por encima de la jornada ordinaria de trabajo. Si atendéis los dos centros durante el turno normal de trabajo no estáis realizan horas extraordinarias, pero si estáis contratados para un centro no tenéis porqué trabajar en el otro, y en caso de tener que atenderlo os deben dar instrucciones a la hora de establecer una preferencia de trabajo (porque no debe dar tiempo a realizar dos trabajos a la vez).
Muchas gracias por responder tan rápido aunque, "es broma", no es la respuesta que quería obtener.
Aquí sí da tiempo a atender los dos centros de control a la vez dado que la carretera que controla uno de ellos tiene muy poco tráfico y si uno se niega a atender el otro centro de control ya sabes lo que puede pasar y están los tiempos como para perder el empleo.
Muchas gracias de nuevo

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