¿Es legal que para eliminar el exceso de horas te hagan entrar 15 minutos más tarde?

Antes de nada agradecerte tu tiempo... Te pongo en situación:
    Convenio: Siderometalurgia
    Puesto: Administrativo 2ª
    Años en la empresa: 5 años.
   Horario: 40 horas semanales de lunes a sábado.
Mi mujer se ha dado cuenta que esta haciendo un exceso de horas todos los años. Ese exceso de horas da en total 10 días de trabajo. Se lo ha dicho a sus jefes y le han dicho que lo que quieren para quitar ese exceso de horas es que entre 15 minutos más tarde todos los días... ¿esto es legal? ¿Si su contrato pone 40 horas a la semana seria legal trabajar solo 38h y 45m?.
¿Para presionarla le van a poner una cámara de seguridad apuntadola solo a su puesto de trabajo? ¿Es legal?.
Llego a un acuerdo verbal hace 2 años con su jefe para no trabajar los sábados... ¿le pueden obligar a ello de nuevo? ¿Las palabras se las lleva el viento?.

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L aprimera pregunta, sie s legal entrar un poco mas tarde para no hacer tantas horas, la verdad es que es correcto, ya que las horas semanales que pone el contrato son en computo anual, y se sac ala media semanal, no tienen por qué ser 40 cada semana, puede ser 50 a la semana, teniendo mas dias libres, 30 a la semana teniendo menos dias libres, o cualquier otra combinación. Pero para el cambio de lo que estaba haciendo hasta ahora le han de avisar con 30 dias de antelacion y por escrito si no está de acuerdo. Las horas que ha hecho de mas hasta ahora las ha de reclamar como horas extraordinarias. Puede reclamar las hechas de mas los ultimos 12 meses.
Lo de la cámara. Está prohibido que se pongan para controlar al personal, ya que vulnera su dignidad, solo se pueden poner por motivos de seguridad, así que deberá obligar a la empresa a que no le enfocue a ella.
Los acuerdos verbales son tan válidos como los escritos, pero tienen el problema de que son más difíciles demostrarlos, por lo que no son aconsejables.
Si ahora le hace trabajar los sábados, lo pueden hacer siempre que le expongan las causas por escrito, con 30 días de antelación y tu mujer puede aceptarlo, impugnarlo si las causas no le encajan (han de ser organizativas, técnicas, económicas o de producción), o bien pedir rescindir su contrato y pedir 20 días pro año trabajado teniendo además derecho a paro.
Entonces, ¿si ella se niega a entrar antes por las horas de exceso realizadas puede decir que prefiere que se las paguen? Por que como comprenderás, entrar 15 minutos después no aprovechas las horas de más.
El problema con la cámara es que ella ya les ha dicho a su jefe que no la pueden enfocar pero ellos dicen que si... me podrías decir donde buscar el articulo oficial que dice que no se pueden enfocar a los empleados... ya que de momento no queremos ir a "por todas" sino intentar arreglarlo amistosamente que yo creo que es preferible. Es decir, necesita una justificación oficial.
En cuanto a trabajar los sábados... tiene una foto del horario de oficina que pone lunes a viernes... y testigos de que ella no trabaja los sábados.
Gracias.
En principio no tiene que negarse, pero si no le avisan con 30 días del cambio tiene que denunciarles. Las horas de más las ha de reclamar si sobrepasa las horas anuales establecidas en el convenio, no las semanales.
Sobre la cámara, deberá pedir por escrito explicaciones de los motivos por los que se le enfoca. En el art 20 del estatuto se establece en el párrafo 3:
3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso
Si solo le enfocan a ella, están menospreciando su dignidad y es discriminatorio.
Lo de los sábados, es fácil demostrar que no los trabaja por lo que me dices, así que si quieren que los trabaje tendrán que seguir el procedimiento que te comenté (art 41 del estatuto de los trabajadores)

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