Prorroga contrato eventual

Te escribo porque me han dejado sola ante el peligro en la empresa y tengo que hacer varios trámites de contrataciones, y comunicación de datos a la seguridad social.
Mi consulta es la siguiente: ¿Hay qué hacer algún tipo de comunicación a la seguridad social cuando hacemos una prórroga de contrato eventual (402)?

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Si en el vencimiento del contrato por circunstancias no se comunica nada al trabajador este se prorrogará automáticamente hasta el tiempo máximo permitido por ley o convenio colectivo.
Si se realiza una prórroga debes realizarla por escrito en modelo oficial, firmarla por ambas partes y comunicarla al INEM, bien entregándola o a través del CONTRAT@. No es necesario comunicar nada a la seguridad social.

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