Me recortan el horario laboral y no sé si tienen derecho

Trabajo de 6 meses en hostelería(1 contrato 3 meses a tiempo completo y una prolongaçion de otro 3 meses)de 2 semanas me han dicho que venga a partir de las 12(normalmente empiezo a las 9)y a preguntarla que pasa con las 3 horas que faltan, me dijo que es una restriction de las días de vacaciones. En el sindicato me han dicho que no tiene el derecho de hacerlo y que me corresponde 2 pagas extra(son 3 en diciembre, marzo y verano). Esto es lo que pone en la nomina
Salario base:934,71
Gratificaciones extraordinarias:233,68
Deducciones
Contingencias comune:4,7% 54,91
Desempleo:1,6% 18,69
formación profesional: 0,1 % 1,17
Total aportaciones :74,77
IRPF 2% 23,37
Total a deducir 98,14
Liquido total 1070,25
Esto es lo que pone. Si me podrías decir cuanto antes, te seria eternamente agradecida.

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¿Dime cuál es la pregunta? ¿Te han despedido? ¿Has incrementado la jornada? ¿Qué es lo que necesitas saber?
Tienen que pagarme el finiquito y no se lo que me corresponde. Perdoname no me he dado cuenta
Entonces necesito más datos:
- Tipo de contrato
- Días de vacaciones disfrutados
- Motivo de la extinción de la relación laboral
- Fecha de inicio y fecha de finalización
Con estos datos y las cantidades informadas (supongo que los datos aportados son de una mensualidad de salario) podré calcularte el finiquito.
Temporal a tiempo completo:1contrato de 3 meses(13.02.2009-12.05.2009)y una prorroga del contrato inicial de otro 3 meses(13.05.2009-14.08.2009)
-No he cogido vacaciones, pero me han dicho que las horas esas(en las días que decía que debo venir a las 12h)y unos días que ha cerrado, me lo descuenta de mis vacaciones(una restricción de las días de vacaciones, decía). ¿Es qué puede hacerlo? El día 14.08.2009 me ha dicho que hasta el 2-3 de septiembre que no me paso a firmar porque se le ha ido el gestor. ¿Puede tardar tanto en pagarme? No me ha pagado nada, i siquiera la ultima nomina.graçias
No me has indicado el modelo de contrato, supongo que será por circunstancias de la producción, modelo 402.
Con estos datos te correspondería:
Salario base agosto: 436,10
P.P.P. Extraordinarias: 108,92
Vacaciones: 584,19
Estas cantidades son brutas, hay que aplicarle los descuentos en seguridad social e IRPF, por lo tanto debes fijarte en el salario bruto que te ofrezcan en el finiquito.
Si la empresa ha establecido las vacaciones de forma unilateral, sin preavisarte con un mínimo de 2 meses y sin que estén indicadas en el calendario laboral, es decir, si se dan las circunstancias que te acabo de indicar la empresa deberá pagarte las vacaciones y realizar una cotización adicional por las mimas en el finiquito.
Debe pagarte cuando finalices la relación laboral, en caso de no hacerlo puedes exigir intereses de mora. Además de pagarte debe entregarte la nómina, finiquito y certificado de empresa. Si no te han dado la documentación antes de los 15 días debes acudir al INEM, si tuvieras derecho a prestación por desempleo, y comunicar que la empresa se ha negado a darte la documentación para evitar que te sancionen cuando solicites te prestación, solicitando que el INEM pida directamente tu documentación a la empresa.
Si el modelo es 402. No me han avisado ni con dos meses antes, ni con nada. ¿Ademas no se que es el calendario laboral.? ¿Entonces si en 15 días no me pagan tengo que ir a INEM a comunicarle lo sucedido?
Entonces, al ser el modelo 402 además deben pagarte una indemnización de 8 días por año, que en tu caso equivale a 155,76 euros/brutos.
No es necesario el preaviso en contratos temporales inferiores al año, salvo que el convenio colectivo así lo indique.
La empresa debería haberte pagado ya, como no lo ha hecho debes debes acudir al INEM antes de que pasen los 15 días, por lo tanto mañana podrías ir, debes evitar que pasen los 15 días desde el momento de la finalización para que el INEM no te sancione.
Si lo crees conveniente puedes denunciar la situación en la inspección de trabajo.
Siento mucho las molestias. Para avisarme sobre las vacaciones tiene que hacerlo por escrito, ¿no? Ya que yo le dije que no estoy de acuerdo con lo que dice. Muchas gracias por todo
Claro, la empresa deberá demostrarlo con el calendario laboral, realizado a principio de año y puesto en el tablón de anuncios o por la comunicación que hayan realizado por escrito, si nada de esto existe tienes derecho a cobrar en el finiquito las vacaciones.
Busca ayuda profesional de forma directa, lleva la documentación que tengas, y de esta forma podrán estudiar y reclamar lo que te corresponda.

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