Paga extra

Hola, soy delineante (grupo tarifa 5) mi convenio es el de empresas de ingeniería y oficinas de esudios técnicos (acaba de salir en el boe el XV convenio). Mi pregunta es que en mi nomina aparece los conceptos siguientes: salario base, antigüedad tramos (tengo 2 trienios, el 9 de agosto hará 9 años), plus convenio, dietas, desplazamiento, p.p.p. Extra, irpf y las aportaciones (seguridad social, desempleo y formación). Mi pregunta es que como tengo la pagas extra prorrateadas, ¿cómo se calcula esta cuantía?, ¿A partir del salario base, o también entraría la antigüedad y plus de convenio?, y también agradecería alguna prueba por escrito(articulo, referencia, declaración, boe, estatuto), porque el asesor de mi jefe dice que solo se calcula a partir del salario base, en cambio yo creo que como mínimo también es a partir del salario base+antigüedad, gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Una cosa es tener prorrateada las pagas extras y otra cosa es que no cobres las extras. Todos tenemos las pagas extras prorrateadas mes a mes pero eso significa que la Empresa ha de cotizar mes a mes por las pagas extras ya que como sabes están sujetas a IRPF pero no a descuentos de la seguridad social por eso en la nóminas siempre ha de aparecer ese concepto.
El tema de las pagas extras se recoge en el art. 31 del Estatuto de los trabajadores donde se establece la obligación de la existencia de dos pagas extraordinarias una en Diciembre y otra en torno a verano. La paga extra ha de contener todos los conceptos salariales (salario base, antigüedad y plus convenio) pero no los extrasalariales (dietas, desplazamiento). Para tu calculo ha de incluirse el salario base, la antigüedad y el plus convenio (Sentencia del tribunal supremo del 21 de Junio de 2005, REC 156/04)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas