Sucesión de empresa

Soy fija en una empresa hace 9 años. Mi jefe ha realizado una sucesión de empresa con el departamento en el que yo trabajo. El nuevo administrador nos respeta la antigüedad y nos mantine las mismas condiciones laborales y salariales, pero a mi por razones personales no me interesa ir a la nueva empresa. ¿Estoy obligada a aceptar la sucesión? ¿Hay alguna manera de que me despidan y me indemnicen? Yo prefiero irme y no entrar en la nueva empresa.

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El nuevo empresario no os hace ningún favor porque la ley le obliga a manteneros en las mismas condiciones aunque no quisiera. Si tu empresa anterior ya no existe o la compró la empresa nueva entonces tienes que aceptarlo, a no ser que te obligue a un desplazamiento con cambio de domicilio, en cuyo caso puedes solicitar al juzgado una rescisión voluntaria con 20 días por año de indemnización.
Ahora bien, si la empresa anterior sigue existiendo y mantiene actividad entonces no, porque sería una cesión ilegal de trabajadores prohibida por el estatuto. Es que no sé qué entenderás por "sucesión de empresa". Las empresas nacen, se venden y/o cierran.
Por favor finaliza la pregunta al final de esta página.
www.laboro.es.gd
Lo que ha hecho ha sido crear otra empresa y pasarnos a ella sin nuestra autorización y esa es la que ha vendido, pero nosotros no hemos firmado nada para pasar a la otra empresa, y la original, con la que yo tengo el contrato sigue existiendo. Yo creo que la irregularidad esta ahí, nosotros no hemos firmado nada para pasar a la nueva empresa.
Gracias
Lo primero es que no necesita autorización vuestra ni firma para vender la empresa con los trabajadores dentro.
Pero claro, tiene que venderla. Aunque también puede que la empresa nueva haya contratado los servicios de la empresa vieja (una subcontrata de las que están de moda), pero si no ha vendido la empresa seguís siendo trabajadores de la vieja. De todas formas eso lo sabréis con la 1ª nómina, donde dirá el nombre y CIF del pagador. Hay dos posibilidades, aún sin saber qué es lo que ha hecho realmente:
1- Que os siga pagando la misma empresa. Entonces para ir a trabajar a la nueva os tiene que pagar los km y dieta diaria que diga en el convenio si es necesario el desplazamiento de ciudad.
2- Que os pague la nueva. Entonces, si la nueva no ha comprado la vieja (eso lo puedes saber en el registro mercantil) yo entiendo que es una cesión ilegal de trabajadores.
Pero si tú lo que quieres es aprovechar la jugada para irte cobrando te digo que no lo vas a conseguir si la empresa nueva tiene su sede en la misma ciudad que la vieja.

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