Cesión ilegal de trabajadores

Hoa ante todo gracias de antemano trabajo para arcelormittal bergara y a partir de septiembre nos quieren hacer trabajar en arcelormittal zumarraga es legal

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Buff! Vaya preguntita!
De tu pregunta deduzco que la empresa madre es arcelormittal; bergara y zumarraga son sociedades del mismo grupo, ¿y por tanto tu me preguntas sobre la legalidad de la cesión de trabajadores dentro de un mismo grupo de empresas?
Te intentare contestar:
El articulo 43 del Estatuto de los trabajadores regula el tema de las cesiones de trabajadores entre empresas. Pero existe un problema en tu caso. El problema es que no existe un apartado especial para cesiones entre empresas del mismo grupo y por tanto se crea una ambigüedad legal en este tema. Dicho de otra manera, el actual sector doctrinal se encuentra dividido.
Te explicare más o menos los puntos de vista para justificar la ilegalidad de una cesión y por contra la justificación para entender esta cesión como ilegal.
Ilegalidad: únicamente las empresas de trabajo temporal pueden ceder indiscriminadamente trabajadres a otras empresas. Todas las otras empresas no pueden, excepte en que la cesión de trabajadores comporte ademas una cesión de maquinaria, material o "valor añadido". Dicho de otra manera, las cesiones legales son aquellas que el principal factor productivo no es el trabajo (personas), pudiendo ser el capital, el terreno o inmueble, o el conocimiento-tecnología.
Legalidad: se excluye de consideración en la cesión de trabajadores como especulativa y fraudulenta, aquellas en que la razón de fondo de la cesión de trabajadores entre el mismo grupo de empresas se basa en un criterio de técnica organizativa i de perspectiva económica. En definitiva, se busca un mejor funcionamiento y una mejor orfanización del complejo empresarial.
Mi punto de vista: lo normal es que sea ilegal, y para un cambio de empresa entre sociedades del mismo grupo se ha de firmar un nuevo contrato con el trabajador. La interpretación de la legalidad es muy subjetiva y siempre se basa en que el nuevo trabajo tiene las mismas condiciones que el anterior.
Lo que tienes que tener muy claro es lo siguiente:
1. No perder condiciones laborales, en forma de salario, prestaciones sociales, condiciones horarias.
2. El convenio colectivo ja aplicar sea igual o superior al que hasta ahora tenéis.
3. Se os respete la antigüedad.
A partir de aquí, si el cambio de empresa no supone coste de movilidad ni residencia, vas a tener que chupar.
Si por contra, lo supone. Tu mismo.

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