Derechos adquiridos

Hola. Mi pregunta es la siguiente:
Trabajo en hostelería (sevilla) y desde hace 2 años siempre descanso los fines de semana a pesar de que en mi contrato pone que la jornada laboral es de 40 horas repartidas de lunes a domingos.
Ahora mi jefe quiere que descanse durante la semana, pero no los fines de semana.
¿Puede hacerlo o tengo derechos adquiridos?
Gracias

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Si el no trabajar los fines de semana es por un acuerdo al que habíais llegado la empresa debe respetarlo, y te servirá como medio de prueba el llevar tiempo sin trabajarlos, pero si fuiste contratado para trabajar también fines de semana y sabías que el horario actual era temporal tendrás que trabajarlos.
En cualquier caso si la empresa trata de obligarte a trabajar el fin de semana y no estás de acuerdo tendrás que demandar y que sea el juez el que decida.
Gracias por contestarme, pero voy a intentar explicártelo mejor.
Soy el jefe del restaurante, y hasta ahora siempre he sido yo quien ha puesto los turnos a los camareros y a mi mismo.
Yo he hecho servicios de camareros porque la plantilla es muy corta y a veces así lo tengo que hacer para contentar al cliente, pero lo que me gustaría saber es si me puedo negar, si mi jefe insiste en que venga los fines de semana, a trabajar como camarero, exigiendo siempre tener al menos uno de ellos a mi lado y no "tocar" un solo plato más.
Lo digo para usarlo como amenaza caso de que siga insistiendo en el tema fines de semana.
Gracias
La cuestión no es tan sencilla como la planteas no te puedo contestar con un simple si o no, para eso solo te queda ir juicio y que decida un juez.
El punto de partida será si desde el inicio de la relación laboral has realizado este horario, eso jugaría a tu favor. También si así lo habéis pactado. Pero debes tener en cuenta que si la empresa te exige trabajar en fin de semana debes hacer y luego reclamar, si te niegas desde el principio pueden sancionarte.
Respecto al trabajo en principio debes realizar solo aquel trabajo que corresponda a tu categoría, si por circunstancias te exigen realizar el de otra categoría en principio tampoco puedes negarte, pero siempre respetando el horario de trabajo legal, pagando horas extraordinarias, etc.

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