Baja por maternidad

Buenos días,
Estoy embarazada y mi trabajo se regula por el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid. Quisiera saber cuánto tiempo me corresponde de baja por maternidad y si lo que cobraré durante esos meses será exactamente el mismo importe de lo que cobro trabajando o no. ¿Quién me pagará el sueldo mi empresa o el INEM?
Otra duda, si cuando ya haya nacido mi hijo éste algún día está malito y no puedo llevarlo a guardería o colegio ¿puedo faltar yo a mi puesto de trabajo?
Gracias

2 Respuestas

Respuesta
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Eso es mejor que te lo calculen en la Seg. Social ya que no conozco todos sus detalles, pero a simple vista veo que el plus de transporte y las diestas no las cobrarás ya que se supone que uno es por desplazarte y las dietas son para manutención y alojamiento fuera de tu residencia, ¿por lo que como pones en el punto 1 cobrarás por 1480? Que es lo que cotizas por contingencias comunes.
Además, como las seg. Social te hace el pago en 12 mensualides, debes sumar lo que corresponda por el porrateo de las pagas extras de cada mes, en función de si tienes 2 o 3 al año.
Es decir que sueles cobrar incluso más que trabajando porque te meten las pagas extra.
Sin embargo me parece muy extraño que siempre te paguen 440 euros por dietas y te retengan el IRPF, ya que este concepto es para gastos cuando se trabaja en otra localidad diferene a la que se realiza el trabajo y por tanto varía en función de los días que estés fuera. Además, está libre de IRPF.
Imagino que es una forma encubierta de pagarte el salario, sin cotizar por el en las contingencias comunes (que es lo que cuenta para las bajas) y podértelo quitar cuando quieran.
Si siempre cobras esa cantidad y es estable en el tiempo, tal vez podrías reclamarlo para que coticen por ella y cobrar más en la baja por maternidad.
Gracias por tu rápida contestación.
Te explico un poco los conceptos de mi nómina para que así me digas exactamente cuáles cobraría y cuales no, por favor (pongo costes redondeando):
Salario base... 1.030 euros
Antigüedad ... 90 euros
A cta. convenio ... 370 euros
Plus Transporte ... 90 euros
Dietas ... 440 euros
total devengado ... 2.020 euros
A eso le restamos el IRPF y la SS.
Y luego pone BASES DE COTIZACIÓN DE SS E IRPF:
1. Bases de cotización por contingencias comunes ... 1.480 euros
Remuneración mensual ... 185 euros
TOTAL ... 1.665 euros
2. Base cotización por contingencias profesionales ... 1.665 euros
3. Base sujeta a retención IRPF.. 1.570 euros
¿Cuánto cobraré al mes durante mi baja?
Gracias de nuevo!
El tiempo es de 16 semanas, 4 de ellas las puede disfrutar el padre si te interesa y las paga el estado a través de la Seguridad Social.
El importe es el 100% del salario, pero algunos conceptos puede que no te entren como puede ser un plus por jornada partida, nocturnidad...
Una vez que termines las 16 semanas tendrás 1 hora de lactancia hasta que el bebé cumpla los 9 meses, si tu convenio no lo mejora le ley general dice que esa hora se puede poner al principio o final de la jornada, pero en este caso es sólo media hora.
Respecto de lo último que me planteas no puedo darte buenas noticias. Si hay tiempo para llevar al médico al bebé, pero si esta enfermo varios días, salvo los permisos por enfermedad de familiares que tenga tu convenio o el Estatuto de los Trabajadores( suele ser por ingreso en el hospital) no tienes otra cosa
Es decir por un resfriado o similar sin que sea grave y precise ingreso en el hospital no tienes derecho a nada, salvo que tu convenio diga otra cosa que lo dudo.
Respuesta
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La fórmula es la siguiente:
BR = BBCC mes anterior al inicio maternidad / días cotizados mes anterior
BR = Base Reguladora
BBCC = Base Cotización Contingencias Comunes
Entonces, si tienes salario mensual, y tu BCCC es de 1500 Euros, ¿1500 / 30 = 50? Diarios, y de aquí es el 100%
Por lo tanto tendrás un subsidio de maternidad de 50 Euros diarios brutos.
Gracias por tu rápida contestación.
El apartado de mi nómina que pone BASES DE COTIZACIÓN DE SS E IRPF DICE:
1. Base de cotización por contingencias comunes ... 1.500 euros
Remuneración mensual ... 185 euros
TOTAL ... 1.685 euros
2. Base cotización contingencias profesionales ... 1.685 euros
3. Base sujeta a retención IRPF ... 1580 euros
¿Sabrías decirme cuál es la cantidad que me correspondería?
Gracias de nuevo!
Tienes 16 semanas de permiso de maternidad, cobrando el 100% de tu base reguladora, para ello coges la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja (miralo en tu nómina) y de ahí el 100%, es un cálculo aproximado para que te hagas una idea.
El sueldo te lo pagará el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), pregunta en tu empresa y que te expliquen que debes hacer.
Si tu hijo está enfermo y faltas te aconsejaría que pidieras justificante (supongo que lo llevarías al médico, especialistas,...) por este motivo no podrían sancionarte y en algún caso podrían darte permiso retribuido.
Gracias por tu contestación.
El problema es que además de los 1.500 de Salario BAse que tengo (que son los que pasan a ser Contingencias comunes) cobro por nómina otros 600 euros mensuales en concepto de dietas y transporte. Esta es una manera encubierta de que la empresa me pague más salario. Por lo tanto, desde hace muchísimos años mi salario base son 2100 euros, y no los 1.500.
Por lo que me cuentas, ahora sólo cobraré los 1.500 euros mensuales, por lo que me perjudica gravemente el asunto de las dietas y transporte ¿si yo consigo que mi empresa me incluya en la última nómina los 2.100 euros como Salario Base (no los 1.500 + los 600 de dietas), sería suficiente para que la SSocial me pagase los 4 meses de permiso de maternidad a 2.100 euros mensuales? ¿Crees qué con la última nómina sería suficiente o igual habría que hacerlo en alguna más?
Muchas gracias por tu ayuda!
Respecto a las dietas y el transporte debes mirar tu convenio colectivo, si estos conceptos aparecen en el mismo no cotizarían, pero si no apareciera, que fuera un acuerdo tuyo con la empresa, deberían cotizar por ellos, al menos en parte, y si cotizaran entrarían en tu base de cotización.
Si fuera así, con una denuncia a la inspección le obligarían a la empresa a cotizar por lo que no han cotizado con efecto retroactivo y en ese caso aumentaría tu base para el cálculo de la prestación por maternidad.

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