¿BAJA MATERNAL disminuye por baja laboral anterior?

En mi último mes de embarazo he estado varios días de baja por lumbociática y resulta que lo que voy a cobrar de nómina va a reducirse por no trabajar esos días.
Por tanto, la base de cotización a la Seg. Social también ha disminuido y como supongo que esa base es la que mi empresa debe presentar a la Tesorería de la Seg. Social como mi último mes de cotización ¿sabéis si cobraré los 4 meses de baja maternal con arreglo a esa base (en la que se ha descontado los días de baja por enfermedad)?

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Debes mirar el mes anterior a la de la baja por maternidad, tu puedes adelantar esa baja días antes del nacimiento, de tal manera que si has estado de baja en enero varios días, pero en diciembre no y la fecha prevista de nacimiento es a primeros de febrero, puedes solicitar que a 31 de enero te den la baja de maternidad y por tanto se calcula con el mes de diciembre.
Te adjunto la norma al respecto:
La prestación consiste en un subsidio cuya cuantía está en función de la base reguladora y del porcentaje aplicable a la misma.
* Base reguladora:
O La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de baja por el número de días a que dicha cotización se refiere. (Este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31, 28 ó 29 si tiene salario diario).
O No obstante, si el trabajador ingresa en la empresa en el mismo mes en que se produce la baja, se tomará para la base reguladora la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados. También, se tomará como divisor los días efectivamente cotizados, cuando el trabajador no ha permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.
Es que mi base de cotización sí ha disminuido en la última nómina, a raíz de la IT, aunque me comentas que no tiene por qué ¿crees qué puedo reclamar?
Gracias!
Para el calculo se tiene en cuenta la base de cotización del mes anterior, pero la base de cotización no tiene porque disminuir.
Mira en tu nómina lo que han cotizado y en función de eso te pagarán.
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Acabo de responder tu pregunta, si no te ha quedado claro me indicas las bases de cotización de tu nómina y te calculo la prestación a cobrar.
Gracias por ofrecerte a calcularme la prestación que cobraré por maternidad, no sabes cómo te lo agradezco.
Te cuento un poco mi historia por situarte:
Yo siempre he cobrado en nómina casi 500 euros en concepto de Dietas que no eran reales, sino que era una forma encubierta que tiene mi empresa de pagarme más sueldo sin pagar tanto a la Seguridad Social por mí (y tampoco yo pagaba tanto de IRPF ya que ese concepto no cotiza).
Bueno, el asunto es que al quedarme embarazada pacté con mi empresa que los dos últimos meses de mi embarazo antes de dar a luz, el concepto de DIETAS lo transformaríamos en otro cotizable para que en mi Baja Maternal cobrase de la Seg. Social más o menos lo que cobro mensualmente en mi empresa y no 500 menos por lo de las Dietas.
Así lo hicimos.
Mi base de cotización hasta diciembre de 2006 incluido fueron de 1.600 euros y para la nómina de enero y febrero (doy a luz en marzo) me hicieron un supuesto de nómina en que mi base de cotización eran 2.100 euros.
Pero resulta que los últimos días de enero he tenido que coger una baja laboral por IT de una semana (4 días me los paga la empresa, pero por los 3 restantes sólo me pagan el 60%)y el supuesto de nómina que me hicieron ha cambiado y ahora mi base de cotización son 2.005 euros (no sé por qué, pero bueno, ya que entiendo que tenga que cobrar menos del líquido a percibir, pero pensaba que el salario base no debía descender).
La cosa es que mi ginecólogo me ha dicho que aunque doy a luz en marzo, a partir de mediados de febrero debo estar de reposo y entonces tengo dudas de que si estoy quince días del mes de febrero de baja por IT, me baje muchísimo la base de cotización de febrero (si por 3 días me ha bajado casi 100 euros por 15 serían 500 euros) que es la base de sobre la que se calculará mi baja maternal ¿no?
Y por tanto, los 4 meses de baja maternal esté cobrando casi 500 euros menos todos los meses.
Ese es el "cacao" que yo tengo.
Por si no ha quedado claro, las bases de cotización son:
Hasta diciembre 2006: 1.600 euros
Enero 2007: 2.000 euros
Febrero 2007:¿?
Antes de nada quiero aclararte algunas cosas.
Las dietas si tienen descuento de IRPF, aunque si están justificadas y con determinados límites puede que no coticen a la Seg. Social.
En caso que estés parte de un mes en baja médica la base de cotización comprende por una parte los días trabajados (en estos no debería bajar tu base de cotización) y los días de baja médica, que aunque los tres primeros días no los cobres y después cobres el 60% y el 75% de tu base reguladora no implica que tenga que bajar la base de cotización, ya que esta se coge del mes anterior a la baja y a penas variará. Por lo tanto no entiendo como baja tanto la base de cotización.
Debes tener en cuenta la Base de Cotización de Contingencias Comunes (no el total devengado que es sobre lo que se aplica el IRPF ni la B.C.C.Profesionales)
Se tomará la base de cotización del mes anterior al parto, si por ejemplo naciera tu hijo en marzo y la base de cotización en febrero fuera 2000 euros, y tienes salario mensual, dividirías 2000 entre 30 = 66,66 euros/día. Esta sería tu base reguladora.
La prestación por maternidad es del 100% de tu base reguladora diaria multiplicada por el número de días que tenga el mes, en un mes de 30 días cobrarías 2000 euros.
Si no te queda suficientemente claro me lo vuelves a comentar.
En el ejemplo que pones de trabajar 15 días en febrero tu base de cotización estaría comprendida:
De los días trabajados, la BCCC sería el salario percibido más el prorrateo de pagas extras más prorrateo de salarios de vencimiento superior al mensual y que percibas este año. Esta sería la base de los días trabajados.
Pero también debes sumar a la BCCC de febrero la base de los días de baja, y esta se calcula dividiendo la BCCC del mes anterior entre 30 y multiplicándolo por los días de baja.
Por lo tanto si lo calculas podrás comprobar que la BCCC variará muy poco respecto al mes anterior y que la prestación por maternidad no sufrirá ningún cambio sustancial por estar de baja médica.
No confundas BCCC con cantidad a percibir, ya que estando de baja puedes recibir menos dinero porque percibes un porcentaje sobre tu base reguladora. En maternidad no porque el porcentaje será del 100%.
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El hecho de que hayas tenido una baja por enfermedad, no tiene en principio por que afectarte a la base de cotización, ya que por los días de baja la base de cotización se rellena con la base de cotización del mes anterior a la baja: Imaginate que tienes una base de cotización de 300 E, se divide entre los días del mes o 30 según los casos y se multiplica por los días de baja, el resultado se añade a los ingresos recibidos por los días que no has estado de baja, por tanto si no te han reducido las remuneraciones por los días de alta la base de cotización debe ser igual o muy similar.
La baja por maternidad es el 100% de la base reguladora de contingencias comunes del mes anterior a la baja por maternidad.
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No soy experto en el tema, pero creo que al tratarse de una baja relacionada con el embarazo deberías haber cobrado el 100% de la nómina, a no ser que ellos la hayan tramitado como una baja por enfermedad común.
Lo suyo es que lo preguntes en la seguridad social.
www.laboro.es.gd

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