Turnos y estudios

He leído en el estatuto de los trabajadores que los estudiantes tienen derecho a elección de turno, quería saber si es en todas las circunstancias, mi caso es que estoy contratado en una ETT y en la empresa para la que realizo mi trabajo nos hacen rotar a tarde y noche teniendo un contrato de turnos M-T-N, ¿están obligados a ponerme en un turno fijo si llevo un justicante de la universidad? ¿Y tienen alguna preferencia para turnos la gente contratada directamente por la empresa? Hemos estado rotando durante algún tiempo pero ahora se les ha metido en la cabeza tener una persona de mañana fija teniendo también contrato a turnos como el nuestro (sin ninguna justificación de trabajo posible ), ¿podemos reclamar de alguna manera o denunciarlo fuera de la empresa?

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Es independiente el hecho de estar contratado directamente por la empresa o por ETT en cuanto a los derechos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores, lo que pasa es que la empresa en la que realizas tu trabajo es cliente de la ETT y por tanto exige a ésta una serie de condiciones en el servicio que constratan (trabajo) y cuando no se dan, como puede ser el caso de una persona que por sus circunstancias exige unas condiciones que no interesa mantener, pues la empresa cliente simplemente decide que no le interesa seguir con ese trabajador y así lo comunica a la ETT y, si el coste no es muy elevado, simplemente te despiden.
Dicho esto, se reconoce que los estudiantes tiene derecho a elegir turno de trabajo siempre que sea el régimen establecido en la empresa y que el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un titulo académico o profesional.

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