Reducción de jornada por estudios

Me dirijo a usted, para preguntarle la siguiente cuestión:
Una trabajadora de nuestra empresa, nos solicita reducción de jornada para cursar un master que nada tiene que ver con la actividad de la empresa. Para ello se basa en los artículos 23 del Estatuto de los trabajadores y el art 20 del Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid.
Nosotros, como empresa, ¿podemos negarnos a conceder dicha reducción? Pensaba que los casos donde la empresa tenía que conceder la reducción era en supuestos de guarda legal.
En caso de que podamos negarnos, ¿en qué preceptos legales podemos sustentar nuestra negativa?

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Respuesta
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Pueden perfectamente negarse pues la reducción no se ampara como bien dice ni en una guarda legal ni en ningún otro concepto que le de derecho a tal reducción (cuidado de familiares, etc) y precisamnete es lo que pueden basarse, que dicha reducción no es causa de fuerza mayor y por tanto la empresa, en su ejercicio y potestad, la deniega

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