Retencia Seg. Social en contrato prácticas

Supongamos un caso:
Dos contratos de trabajo con el mismo sueldo bruto anual, uno de ellos de prácticas y otro normal (temporal). ¿Cobrarán lo mismo? Yo creo que cobrarán diferente porque la retención de la seg. Social (creo) del contrato de prácticas es menor.
Y otra cosa, aparte de cobrar menos..., qué desventaja tiene el tener un contrato en prácticas (¿cotiza igual al paro?)...

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La tabla de cotizaciones las tienes en este link http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=583#576.
A la hora del cotizar para el paro no tiene ninguna desventaja. El contrato para la formación sí lo tendría, pues no cotiza para desempleo, pero el de prácticas no.
Gracias, pero preguntaba si sabías cuanto menos cotizan en nómina dichos contratos respecto a uno que no es de prácticas, y si tienen alguna desventaja a la hora de cotizar para el paro,...
En principio, un trabajador en práctica no tiene porque ganar lo mismo que un trabajador de la misma categoría que no esté en práctica. Pues la ley permite pagar al trabajador en práctica un mínimo del 60 y/o 70% del sueldo de un trabajador de la misma categoría que no esté en prácticas.
Otra cosa es que la empresa decida retribuir al trabajador en prácticas igual que a quien no está en práctica.
En relación a la cotización a la seguridad social, es cierto que los contratos para la formación y aprendizaje cotizan por al menos a la Seguridad Social.

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