¿Merece la pena hacer testamento?

Me gustaría que me aclárese una duda sobre si merece la pena hacer testamento en el caso que expongo.

Somos un matrimonio en régimen de gananciales y tenemos 2 hijos en común menores de edad. No hemos hecho testamento porque según tengo entendido los herederos legítimos en caso de fallecimiento sin testamento serían por este orden: el cónyuge, hijos, padres, hermanos..., que coincide plenamente con nuestros deseos en caso de hacer testamento.

¿Estoy en lo cierto? O ¿Convendría hacer testamento para otorgarle el usufructo de la propiedades inmobiliarias al cónyuge y que los hijos no pudieran exigir su parte legítima de dichas propiedades mientras viva éste?.

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No cita cual es su fuente de información, pero le aseguro que es errónea.

El art. 807 del Código Civil, es de decir:

"Son herederos forzosos:
1º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código".

Dicho orden legal no puede ser alterado por persona alguna.

El usufructo no hace falta que se lo otorgue al cónyuge, porque el art. 834 de citado Texto legal, así lo impone expresamente.

Ruego cierre y valore

Gracias por su rápida respuesta, entonces entiendo que si deseamos dejarle al cónyuge vivo el tercio de libre disposición, se debe expresar mediante testamento.

Otra cosa, me puede aclarar si en el caso que le expongo es mucho más complicado el papeleo de la herencia sin testamento que con él.

Gracias de nuevo y saludos.

Ya le indiqué que no hace falta hacer testamento solo por otorgarle el usufructo porque la ley ya se lo otorga directamente.

Evidentemente cuanto más se deje escrito, mejor para el cónyuge superviviente. Por poco más de 70 euros cada uno, pueden otorgar testamento.

Ruego cierre y valore

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