Herencia de matrimonio sin hijos con testamento

Matrimonio sin hijos pero sí con padres por ambas partes; si se hace testamento las dudas son:
---¿Qué parte de la legítima le corresponde a los padres?,
---¿Puede reservarse el que otorga el testamento esa parte aun viviendo los padres?, es decir, ...
---¿Cabe la posibilidad de que todo sea heredado por el cónyuge y además otras personas o instituciones por decisión aun viviendo los padres de los que testan? ¨Saludos
---El usufructo de 1/3 o una 1/2 qué significa, ¿qué el heredero toma esta parte pero lo que renta o produce es para el cónyuge vivo?.

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La respuesta a todas sus preguntas excepto la primera es, no. Intentaré aclararle sus duda.
El art. 809 del Código Civil de 1881, en su redacción dada por Ley de 24 de abril de 1958, establece que:
"Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del
Descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia".
Es decir usted hace testamento, tiene que disponer y sino ya se lo recordará el Notario, que 1/2 del haber hereditario si su mujer también ha fallecido, les corresponde por legítima, le guste o no, es la Ley, porque así lo fija el art. 935 del Código Civil al señalar que los padres son herederos legítimos de sus hijos, si éstos no tuvieran desdendencia.
Si su esposa vive, cuando usted fallezca, a ella le corresponderán 2/3 del haber hereditario y a sus padres -los de usted-, el resto, es decir 1/3.
El usufructo significa que una persona tiene la nuda propiedad y otra la disfruta. Usted puede legar por testamento un piso a sus padres y su viuda tendrá el derecho al usufructo del cónyuge supérstite, de por vida digamos por regla general. Como toda ley, tiene excepciones.
No cabe la posibilidad de que la totalidad del haber hereditario quede a disposición de la viuda, porque siempre concurrirán con ella y según las líneas colaterales, familiares hasta el 4º grado.
Cuando acuda a la Notaría a hacer testamento, el Notario le explicará la forma de otorgarlo y que beneficie al máximo a su mujer.
Ruego cierre la pregunta y valore

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