Cambio nombre tras fallecimiento

Se que es conveniente cambiar de nombre al heredar los bienes de una persona, con tal de evitar molestias y demás, pero me gustaría saber hasta que punto es obligatorio, y de ser así en que ley viene reflejada dicha acción.

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Para poder ser el titular legal de un bien, ha de estar a su nombre... si no lo hace, usted no puede disponer de este bien... Ademas, en la Ley del Impuesto de Sucesiones, usted esta obligado a liquidar el impuesto antes de seis meses desde el fallecimiento...

Si usted no realiza la herencia, no puede disponer de el dinero de las cuentas o depositos bancarios, no puede vender un inmueble, o solicitar una hipoteca o utilizar un bien como garantia, etc... pues no es el titular.

Ademas, si no lo hace usted, sus hijos pueden tener problemas si tienen que heredar ellos... y estaran obligados a realizar la herencia que usted no ha hecho...

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