Compra de un inmueble con un hemanastro

Somos dos hermanos de padres diferentes pero con la misma madre. El padre de

Mi hermano murió hace muchos años y nuestra madre se caso posteriormente con el
que hoy es mi padre. Mi madre falleció hace 10 años, quedando actualmente sólo
mi padre (soy la heredera universal).

Mi padre está jubilado y tiene una jubilación de 1200 € y una
pensión de viudedad de aproximadamente 300 €. Mis padres hace aproximadamente
25 años compraron un inmueble que actualmente sigue alquilándose, cobrando
directamente mi padre.

Cuando falleció mi madre hicimos la repartición legalmente de cuentas. Hoy en
día, estoy llevando la gestión financiera de mi padre.
Tengo la intención de invertir en un inmueble para alquilarlo posteriormente
( Mi padre está totalmente de acuerdo con todo lo que gestiono) . Me surgen las
siguientes dudas:

- ¿Se puede utilizar el dinero que tiene mi padre en el banco para comprar
un inmueble sin contar con mi hermano? ¿Tiene mi hermano derecho a una parte
del futuro inmueble?
si es así , ¿Qué porcentaje tendría?
- A la hora de escriturar ¿cuál sería la mejor opción para mí, escriturarlo a
nombre mío y al de mi padre? (Para evitar impuestos en un futuro)
O ¿Directamente a mí nombre?

Muchas gracias por adelantado,
saludos

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1

Las disposiciones del patrimonio que pertenezca a su padre y éste haga en vida no están prohibidas y no deberían tenerse en cuenta, salvo que se hicieran en perjuicio de unos herederos y perjuicio de otros herederos, en cuyo caso se podrán traer a colación a instancias del heredero perjudicado.

Por otra parte en su caso su hermano de madre no es heredero de su padre, ahora bien si el dinero con el que se va a comprar el inmueble pertenecía a su madre ese es otro tema.

Muchas gracias por su respuesta, una cosilla que se me queda en el aire,
nosotros cuando falleció mi madre hicimos la división de todo e incluso de lo
económico, pero mi duda es que desde entonces (hace 10 años) mi padre sigue
alquilando la casa que compró con mi/nuestra madre en su día y por tanto él es
el único que recibe el dinero integro del alquilar, al igual que mi padre
sigue cobrando la pensión de viudedad de nuestra madre.

Al darse estas casuísticas necesitaba conocer sí “alguna” parte económica pudiera
corresponderle a mi hermano y si yo tengo libertad absoluta
al ser heredera universal de comprar el inmueble sin consultar con mi hermano.

Si la casa que se está alquilando se compró constante matrimonio (durante el matrimonio) y el régimen económico del matrimonio era el de gananciales, el 50 % de la casa era de su madre y por tanto ese 50 % hay que repartirlo entre los herederos de su madre (Su hermano y usted), salvo que en la división de la herencia se le adjudicara la nuda propiedad (es decir la propiedad) de la vivienda a usted, ya que supongo que su padre es usufructuario.

Ok, me queda claro en cuanto al
alquiler de la vivienda, de lo que desconozco es la cuestión
de la pensión de viudedad que cobra mi padre (de mi madre
fallecida) en estos 10 años , si a mi hermano le
correspondería alguna parte el día de mañana…


Muchas gracias por todo,

Como ya le dije la pensión o cualquier bien de que disponga su padre por si mismo (es decir que no sea usufructuario de bienes que les corresponden a ustedes por herencia de su madre) como es el caso de la pensión de viudedad es de su padre mientras viva y cuando fallezca el dinero o bienes que tenga si son privativos le corresponderán a usted por ser su hija.

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