Registrar propiedad

Mi historia es la siguiente:mi madre en vida hizo el testamento y nos dejo a mi y a mis hermanos todo repartido. A mi me toco la casa. Ahora bien: mi madre falleció y en su día yo y mis hermanos cumplimentamos en hacienda el formulario 650 (imposto sobre sucesiones)al cabo de un tiempo nos llego una carta con la copia de ese impreso y por la parte de atrás tenia una pegatina que ponía (autoliquidación sin cuota a ingresar)¿Esto qué significa?
Y si yo quiero registrar la casa a mi nombre ¿qué tengo que hacer?, o ya ¿cumplimentando eso esta registrada o tengo que pagar algo?.
Respuesta
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Tratándose de una sucesión entre ascendientes y descendientes, es competencia de las comunidades autónomas el configurar aspectos esenciales de este impuesto, entre ellos las reducciones, aplicando subsidiariamente la ley estatal
Seguramente la comunidad en la que residas haya reducido el impuesto a los descendientes y ascendientes de tal modo que quede exento del impuesto la adquisición morits causa entre ellos, por ello te ha llegado esa notificación diciendo que no tenéis que pagar nada
El testador habrá hecho la partición en testamento, ahora habrá que determinar que tipo de testamento es para saber como hay que proseguir, si es cerrado u ológrafo se ha de proceder a su protocolización, en mi blog tienes información de como proceder en estos casos
Una vez protocolizado, o si el testamento es abierto y aceptada la herencia por los herederos, lleva el testamento al notario para que otorgue escritura pública de adjudicación de los bienes y con ella acude al registro de la propiedad para inscribir tu casa
Tendrás que pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados, de lo que te informará el notario al ir a otorgar la escritura
Muchas gracias, me a sido de mucha ayuda, si me lo permites una ultima pregunta, si no quisiera registrarlo ahora y hacerlo dentro de unos años ¿habría algún problema? Porque en teoría la casa ya es mía ¿no?.
¿Podría pedir un crédito poniendo de aval esa casa? Un saludo
En principio puedes registrarlo cuando quieras, la propiedad la adquieres con la aceptación de la herencia, pero frente a terceros solo tiene protección la propiedad inscrita
Lo de constituir en garantía la casa, los bancos no lo van a aceptar si no está inscrita a a tu nombre, pues para poder inscribir ellos en el registro cualquier anotación, en caso de incumplir tus obligaciones, no podrán si no está inscrita a tu nombre

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