Testamentos compra-venta

Exongo el caso, mi madre ha muerto, en el 1993 hizo la venta de todas sus pertenencias a su hija, yo soy su hijo. Esta venta se hizo ante notario. El caso es que ha salido la herencia y no queda prácticamente nada, me han dejado la legitima de lo que queda que no es nada. Me he informado, he ido al registro de propiedad y he sacado todas las escrituras de compra venta. He comprobado que mi madre no tuvo ningún ingreso, ¿he mandado valorar a ciertas personalidades los terrenos vendidos y lo valoran a día de hoy en unos 600000? ¿Y en el año 1993 fecha de transmisión en 400000? El método utilizado no puedo explicarlo bien, pero esta hecho por profesionales a los que le he pagado una elevada cantidad. ¿Qué puedo hacer? ¿A qué tengo derecho? ¿Puedo hacer no valida la compra-venta?
Según un juicio que he tenido con mi hermana ella pago 20 millones de ptas pero dijo que mi madre no tenia cuenta bancaria y por eso no constan los ingresos.

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Pues como deja claro, tiene el tema en manos de un abogado, por lo que poco le puedo decir.
Solo que usted tiene derecho a su herencia y habría que analizar todos los documentos.
Pero en principio, si no hay una clausula de "no traer a colación", lo vendido podría entrar en herencia, y por tanto, no anular la compra-venta, pero si que tendría derecho a parte de esas propiedades.
Pero ya digo, que hay que ver los documentos, porque si no, comprenderá que es imposible orientarle.
Solo apuntar lo dicho de "la colación".
Le deseo suerte y por favor, no olvide finalizar la pregunta.
Buenas tardes.
No sé si no he entendido bien, le explico el testamento por si quedara alguna duda:
Mi madre lega a su hija los tercios de libre disposición y de mejora, de su herencia en pleno dominio. En segundo lugar instituye herederos por partes iguales (la letra en negrita es lo escrito ene l testamento) de todo lo que no vendió en el año 1993(Es decir cosas con apenas valor), es decir todo lo que le quedaba. En el testamento no hay ninguna clausula de "colación" no aparece por ningún lugar de las hojas del testamento.
¿Qué quiere decir con que lo vendido puede entrar en herencia? ¿Puedo ser yo heredero de lo que vendió mi madre en el año 1993? Del dinero que se supone se le entrego por la venta, no queda nada. De hecho nunca lo hubo. La compra por parte de mi hermana se hizo como una compra normal y corriente, pero nunca le dio el dinero. El único testamento que hay es de lo que le ha quedado. De las ventas que se hicieron no hay rastro. Sólo que mi hermana es dueña de todo. ¿Puede aclararme, si puedo ser heredero de lo que vendió mi madre?
Muchas gracias.
Un saludo.
Buenas tardes.
Aclararle que mi madre murió hace 5 meses, la venta se hizo en el año 1993. Por lo demás, sigo con las mismas preguntas.
Muchas gracias.
Un saludo.
Verá, le pongo un ejemplo: Imagine que una persona tiene varios pisos y que dona, regala, cede uno a uno solo de sus hijos, estando en vida. En realidad está dándole parte de la herencia que un día dejaría para los hijos y por lo tanto está quitando a algunos hijos, lo que le da a uno solo.
Por eso la Ley recoge lo de la colación. Esa persona, respetando los derechos mínimos a la legítima, puede hacerlo y decir que no entre a colación en la herencia, esa donación cuando fallezca.
Pero usted sabe que las leyes las hacen señores muy serios, que saben un montón, y que intentan "tapar" todos los "agujeros", por los que alguno pretenda escaparse.
Ahora queda el tema de que analizando toda la documentación se pueda solicitar que esas propiedades entren a colación. Pero claro, por eso le dije que tendría que llevar todo a un abogado y que lo lea y estudie.
Posibilidades hay.
Lo malo es que han sido muy listos, y han hecho compra-venta, al parecer muy legal, y poniendo unas cantidades muy lógicas para esos años, y además, cuenta con el problema de que la Ley no puede exigirle a nadie que guarde documentos más de cinco o seis años. Y como se firmó en 1993, ya estamos fuera de plazo. Y va a ser muy difícil, por no decir casi imposible el demostrar que hubo pago real de dinero, que el dinero entró en la cuenta de su madre y que ella se lo ha gastado poco a poco.
Pero bueno, ya ha tenido un juicio con su hermana y ya se trataron (según dice usted) estos temas, por lo que comprenderá que yo sin datos, y sin ver papeles, ni escrituras, ni nada, no puedo ver más de lo que pudo ver el juez en ese juicio.
Por eso le digo que consulte con su abogado, o plantee el tema a otro.
Al menos es lo que yo haría.
En fin, que más no le puedo decir, y por favor, no olvide finalizar la pregunta.
Hola,
En primer lugar agradecerle todas sus respuestas porque me son de mucha ayuda, dígame por favor si le resulta pesado.
Las escrituras fueron pasadas por el registro de propiedad en el año 2001, pero fueron compradas en el año 1993. Nunca se han pagado estas propiedades a pesar de que se diga que han pagado 100000 euros. Este es el precio que le han puesto a 70 Ha de producción agrícola. Desde el año 1993 las ha llevado mi hermana, se hizo agricultora a los 50 años y los trabajos se los hacia otra persona a la cual le pagaba un porcentaje. El juicio fue en el año 1988. En el cual hicieron separar a mi padre de mi madre quedándose mi hermana con todo lo de mi madre, desde ese momento hubo varios juicios obligándome a mí, a dejar las propiedades que como agricultor llevaba desde que me casé a los 24 años teniendo ahora 63. Ahora en diciembre de 2008 murió mi madre y me he enterado de todo lo que le tenía comprado y de que estaba desheredado porque no le quedaba nada al morir. En su cuenta bancaria no había más que mil euros. ¿Usted cree que no debo demandarle? ¿Cree qué hay posibilidad de acceder a lo que le vendió mi madre? Al decir usted que es casi imposible que demuestre que le ha pagado esa cantidad, ¿eso me beneficia verdad? ¿Podría anular el testamento si demuestro que no se ha pagado nada?
Como dice, ya ha habido varios juicios. Y por tanto, comprenderá que sin tantísimos datos que habrán salido a relucir, es imposible daerle una opinión fiable.
Ya le he dicho que a mi entender, hay que analizar y ver todo.
Y hay seguramente varios cientos o miles de páginas en juzgados que conforman una serie de sentencias y claro, ni me puede decir lo que dicen esas p´ñaginas, ni me dice cuales fueron las sentencias, ni de lo que trataran las demandas. Además, por mucho que se extendiera, comprenderá que nunca será lo mismo que leer personalmente documentos, declaraciones, alegaciones, sentencias, recursos, pruebas... etc... etc.
Se ve que ha andado usted con abogados, ya varios años y por este tema. Comprenderá pues que ellos conocen todos los asuntos y yo no soy nadie para poder dar opiniones con falta casi total de datos.
Solo decirle que veo posibilidades, pero son demasiadas cosas a tener en cuenta.
Ahora me habla de ese juicio de 1988, ... seria importante analizarlo a ver de qué va.
En fin, que lamentablemente, insisto en que poco le puedo ayudar. Y además, dudo que nadie por aqwui pueda hacerlo. Máxime, otro experto... que todos son abogados (y yo no lo soy), podrían resolverle sus dudas y seguro que si les aporta documentos podrán analizarlos y ver la posibilidad de interponer demanda.
De todas formas, le deseo suerte.
Muchísimas gracias por su ayuda!
Nada más decirle que ha sido un placer hablar con usted! Yo no conocía esta página por Intenet, me ha ustado bastante poder intentar dialogar sobre el caso. Ver que tengo alguna posibilidad. Por último, podría decirme, ¿de dónde son los expertos de esta página? ¿Son a nivel Nacional? Usted comprendo, ¿qué es abogado verdad? Me ha dado la imprsión de que usted sabe bastante, muchas gracias de verdad. Es la primera vez en todos estos años que había escuchaod la palabra colación, or parte de un abogado. Y la verdad es que sí ya he tenido dos. Estoy ahora con un abogado, está preparando una demanda para intentar levantar el testamento, el me ha dicho que intentará levantar el testamento para poder optar al 50% y me ha dicho que seguro que de todas las ventas como mínimo obtendré la legítima, que no me preocupe. Pero verá, quería saber de opiniones, porque a fecha de 26-3 de este mismo año me salieron 3 sentencias negativas, por pequeñas propiedades, el abogado me ha dicho que serán nulas en cuanto finalice la demanda general a mi hermana. Y claro comprenda usted que estoy un poco preocupado.
Muchas gracias, de verdad que ha sido un placer hablar con usted!
Un saludo.
Si entra en todoexpertos, va usted a categorías. En este apartado, se va a familia y pincha en herencias.
Este es el lugar en el que ha entrado.
Verá tres pestañas naranjas que ponen: "expertos" "respuestas" "preguntas".
Si pincha en expertos, le salen todos. Verá pues que yo no soy abogado.
Los expertos, son de todos los países. Según en la sección en la que entre hay más de un país que de otro. Pero también en herencias hay abogados de America del Sur.
Respecto a lo de colación... es algo que casi no se tiene en cuenta, digamos que se prefiere no hablar de ello. Pero es un recurso que los abogados utilizan cuando hay problemas con repartos de herencias y a veces se apuntan un buen tanto.
Bueno, espero que todo le salga bien.
Yo a falta de salir mucho, pues descubrí esta página. Internet es muy didáctico. La verdad es que he aprendido bastante, y cada día aprendo algo más.
Al menos yo, lo hago en plan altruista. Tampoco es que sea un gran experto, y así lo digo, y si algo no lo se, o no puedo enterarme de como es, pues lo digo claramente.
Pero como hay tanto desconocimiento y además de cosas muy básicas, casi siempre, pues me gusta contestar a dudas, pues se que a esas personas, les viene muy bien, algo de información.
Me gusta sobre todo, buscar las consultas no contestadas de personas que tienen dudas, pero que al leer su pregunta me doy cuenta de que nadie se la va a contestar.
Muchas veces, son cosas muy sencillas y fáciles de contestar, pero yo se que nadie les va a responder, por eso les contesto yo.
Pero ya digo, solo si se la contestación.
Por otro lado, me hacen muchísimas consultas a mi directamente. Entre 5 y 10 cada día.
Cuando tengo pocas, me voy al general. Y si en el general veo alguna que va a ser pleito seguro, normalmente la dejo. Seguro que la contesta alguno de los otros expertos, que son abogados. Así pueden captar un cliente.
En fin, que procuro entretenerme ayudando algo. Y de paso, me siento mejor. Aunque nunca llegue a conocer a las personas a las que he ayudado.
Pues nada. Buenas noches, mucha suerte, y a ver si se le arregla todo.
Un abrazo.
Muchísimas gracias!
Le escribiré con la resolución del caso! Muchas gracias.
Un saludo.
Finalice ahora la pregunta.
Disponemos de un número limitado de preguntas abiertas. Así podré contestar a otros. Cosa que no puedo hacer si llego al cupo de 20 que tengo establecido.

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