Impugnar testamento por herencia ya vendida

Le voy a presentar un interesante caso.
Mi suegro fallece hace poco, el testamento que hemos leído data de los años 90.
Son 5 hijos a los que a cada uno se le deja una propiedad, la propiedad de mi esposa es ínfima comparada con la de los demás, no se respeta su derecho legitimo. Mi esposa nunca ha firmado nada sobre el reparto de bienes, no ha tenido constancia hasta ahora. Todos ellos han recibido su propiedad en vida y tienen las escrituras. Excepto mi esposa y mi cuñada, esta ultima no tiene la escritura de la propiedad porque es la casa donde han vivido mis suegros y mi suegra aun sigue viva.
Lo interesante es: la propiedad que se deja en el testamento a mi esposa "ha volado" y mi suegro se la vendió en vida a uno de mis cuñados. Por lo tanto mi esposa no hereda NADA de mi suegro.
Todos los bienes de mis suegros son conyugales.
Mi suegra que sigue viva quiere favorecer a su otra hija y dejarle la casa tal y como mi suegro dice en el testamento. Mi suegra dice que ella no quiere saber nada de lo que ha hecho mi suegro y no tiene nada que dejarle a mi madre porque solo tiene la casa y es para mi cuñada.
Mis suegros han hecho diferencia entre hijos y han permitido esos abusos a mi esposa, como el abuso de vender la ínfima propiedad que se dejaba a mi esposa a uno de sus hermanos.
Todos mis cuñados están en contra de mi esposa, se han unido entre ellos porque tienen miedo de perder sus propiedades. Y dicen que ellos no tienen la culpa y que mi esposa debería haber estado más despierta y protestar en su día.
Así se hacen las cosas en el medio rural, en el pueblo!
¿Qué derechos tiene mi esposa? ¿Se haría un nuevo reparto? ¿Cómo se haría ese nuevo reparto? ¿Puede la justicia quitarle las escrituras sobre las propiedades a mis cuñados?

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Pues muy bien explicado.
Verá, como es lógico, (usted mismo) cualquier propietario puede vender cuando quiera una propiedad a otra persona mientras está en vida, y por tanto, ya no entre en herencia
pero...
Pero si vende o cede o regala... a sus hijos, se considera que está repartiendo la herencia.
Por tanto, en su caso, está claro que han dejado a su mujer sin nada y eso no puede ser. La Ley no lo permite. Le corresponde la legítima.
En este caso, no es que se vaya a poder impugnar el testamento, pero si que puede su esposa reclamar su legítima. No se la puede negar nadie, y la Ley la ampara.
Pero claro, todo pasará por contratar abogado e interponer la demanda judicial correspondiente. Todo si sus cuñados no se avienen a llegar a un acuerdo.
En casos como este, si no hay acuerdo, el juez nombra un tasador y un perito repartidor, y valoran la parte que a su esposa le corresponda. Sus hermanos habrán de pagársela en efectivo.
Ahora valoren: Los inmuebles, (a la legítima de todos ellos tiene derecho su mujer), con un precio aproximado. Hay que tener en cuenta que los valores de mercado han caído hoy en día bastante. Pero además valorar si por ejemplo, son viviendas y sus coñados viven en ellas. Eso hace que su valor pueda ser mayor, pues no estarán dispuestos a perderlas.
Valoren las costas y minutas de abogados.
Lo que les aconsejo es que intenten llegar a un acuerdo. Si no acceden, se pone el tema en manos de un abogado. Pidan presupuesto a varios y escogen el que mejor les parezca. No todos cobran lo mismo y hay mucha variación.
Desde luego, cuando sus cuñados reciban una carta de su abogado se "van a poner las pilas". Puede incluso llegar el tema a que el juez dictamine la pública subasta de los bienes, si se niegan a pagarle a su esposa lo que le corresponde.
Supongo que llegarán a un acuerdo. Pero recuerden siempre que "más vale un mal arreglo que un buen pleito".
Si hay que ceder un poco, se cede. Se ahorran gastos y preocupaciones.
También, habrá que ver las escrituras de sus cuñados. Eso su abogado lo podrá ver, por las verificaciones registrales. Pueden haber sido donaciones, o compra-ventas, o cesión de derechos de herencia en vida... y seguro que han intentado defraudar a Hacienda.
En fin, que se les podría hacer fuerza por varios motivos.
Adelante y no dejen pasar el tiempo.
Un saludo y que todo les salga bien.
Si en el testamento no se ha respetado la legitima de mi esposa, ¿no se puede considerar nulo o impugnarlo y más aun cuando le han dejado 0 euros? Si ese testamento no es válido de ninguna de las formas por dejar a mi esposa sin nada y haberla engañado... ¿Por qué ahora solo puede pedir la legitima? ¿No se puede pedir un reparto igualitario ante el juez?
Es mi ultima pregunta. Muchas gracias por su tiempo y atención. Muy amable
Pues porque la Ley es así.
Los legisladores consideran que un testador puede mejorar a unos en detrimento de otro. Pero está claro que la intención del testador (en su caso) es mejorar a otros. Por lo tanto lo respetan, pero también velan porque la ley se cumpla. Y por tanto, respetan el derecho a la legítima, pero también respetan que el testador quiera dejar la mayor parte a unos, en detrimento de otros.
Por eso, el tercio de libre disposición, lo consideran como tal, y dictaminan que se aplique la ley con las legítimas.
Por eso su esposa puede reclamar la legítima.
Eso, contando con que por ejemplo, no sean ustedes de Aragón, que acogiéndose a los Fueros Aragoneses, un padre puede dejar todo a un solo hijo, desheredando a los demás. Algo que en el resto de España no se puede hacer.
Hay algunas comunidades que tienen Fueros muy antiguos, de hace 800 años y se respetan: Vascongadas... Cataluña... Aragón...
El testamento si que es válido, aunque usted piense que no. Solo que la Ley lo acepta y si el testador ha cometido un pequeño error en la distribución, los jueces entienden las intenciones del fallecido y solo les queda que garantizar el derecho a las legítimas.
Ahora bien, hay una cosa que no les he dicho. Es la "colación".
Esto es que por ejemplo, un padre, tiene cuatro hijos, tres pisos y 500.000 euros en el banco. Imaginemos que un hijo necesita un día 300.000 euros. El padre se los presta, y al mes se muere.
El dinero es ya del hijo, pero resulta que los otros hermanos se ven perjudicados en la herencia, porque se reparten 300.000 euros menos.
Pues bien, esos 300.000 euros, pueden solicitar los otros hermanos que se traigan a "colación", es decir, que se añadan a la herencia y se haga el reparto. El hermanos que tiene los 300.000 euros, recibirá en herencia 300.000 euros menos, ya que ya los ha recibido. Y si su parte fuera menos de esa cantidad, estaría obligado a darles a los otros hermanos la diferencia con la parte que les correspondiera.
Pero si el testador ha hecho un contrato al prestarle el dinero a su hijo, o modifica su testamento y dice que se lo ha dejado o dado, y dice que no se lleve a colación, no se podrá repartir, pero si el testador no nombra la palabra "colación", hay que repartirlo todo.
En fin, que está claro, que terminarán en un abogado. Porque los otros no van a querer repartir. Pero al menos, ya van preparados sabiendo que es lo que hay y a lo que tienen derecho. Y además, entiendan que hay que ver testamento... verificaciones registrales... saldos de bancos, seguros, planes de pensiones... hay que sumar todo y eso sin ver papeles es muy difícil.
Pues nada, mucha suerte, un saludo y no olvide finalizar la pregunta.

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