No recoge las notificaciones del juzgado

Verá, este mes hace un año pusimos una demanda de modificación de medidas,

Resulta que anoche me llama el abogado y me dice que el juzgado ha pedido el dni de la demandada y que volvamos a confimar la dirección, ya que no recoge las notificaciones judiciales.

¿Cómo se resuelve esto?

Puede estar dando largas toda la vida... Con no recogerlo basta... De echo lleva 1 año haciéndolo.

¿O hay un plazo para seguir notificándole la demanda?.

¿Se pueden pedir daños y perjuicios?'

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Una vez que el juzgado confirme que es el único domicilio que consta, debe ordenar que se le notifique por edictos o publicación en el BOP y el procedimiento seguirá su curso sin contar con él.

Lamentablemente no pueden pedirse daños y perjuicios, pero si gana el pleito puede ordenarse que la modificación tenga efectos desde el día en que se interpuso la demanda.

www.escobarysanchez.es

cuando habría que noficarselo por edicto y quien habría de hacerlo ;mi abogado??' de cuanto tiempo estaríamos hablando??..

es decir como confirmará el juzgado que esa es su dirección y como nos lo notifica el juzgado???.

perdone que lo avasalle a preguntas pero estamos totalmente desesperados y mi abogado lo único que hace es esperar...

La notificación por edictos la ordena el Juez y la realiza el propio Juzgado. Supongo que el DNI lo ha pedido para que el Juzgado obtenga información a través del Punto Neutro Judicial que informa del domicilio de su ex que consta en los archivos de las administraciones. Si no aparece ningún domicilio nuevo el juzgado ordenará la publicación edictal por su cuenta o a solicitud de su abogado.

En cuanto a tiempo no puedo decirle, porque la información llega rápido, pero los juzgados son más rápidos o lentos.

y si aparece otro domicilio( que lo hay) y se le ha facilitado al juzgado., aunque no es el que ella tiene para efectos judiciales..y esta señora sigue negándose a recogerla como hasta hora en el otro domicilio... que nos tiramos otro año??? o ahora ya hay un plazo??

Respecto al tiempo ya le digo que es una cuestión de lo lento que sea el juzgado. Si en el otro domicilio ya se ha intentado la notificación, no hay que hacer nada más. Si no se ha intentado hay que intentarlo una sola vez y si no la recoge, publicación edictal.

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