¿Puede mi ex-mujer cambiar la cerradura el domicilio conyugal?

Mi ex y yo nos hemos separado hace ahora un mes. Hemos llegado a un acuerdo de custodia compartida en el que los niños viven una semana con cada uno de nosotros.

Para hacerlo menos traumático hemos decidido que la semana que viven con ella seguirán en el domicilio conyugal y no no venderemos o alquilaremos hasta pasado un tiempo en que los niños se acostumbren a este tipo de custodia.

Así, disfruta el usufructo del domicilio que pagamos al 50%.

El problema es que yo aún tengo la mayoría de mis cosas allí y ella ha cambiado la cerradura. Hay mucha voluntad por los niños, pero no hay buena relación entre nosotros, por lo que ella no me deja una llave para recoger enseres que necesito.

Además, al ser esa la residencia de nacimiento de mis hijos, todas sus cosas están all´i y ya nos ha pasado el necesitar algo que se ha olvidado al trasladarse de vivienda (a venir conmigo) y no hemos podido acceder por la incompatibilidad de horarios y no tener yo acceso a la viviendo.

Me gustaría saber si le puedo exigir una copia de la llave o si tiene ella pleno derecha al cambio de cerradura siendo la usufructuaria legal y por acuerdo el domicilio.

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Si ustedes han acordado que el usufructo de la vivienda lo tiene ella en exclusiva y no usted, efectivamente ella puede cambiar la cerradura y no facilitarle llave. A lo que sí tiene usted derecho es a la entrega de todos sus enseres ya.

En cualquier caso, el abogado que les ha asesorado en el convenio seguro que podrá mediar en este tipo de situaciones

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