En caso de separación con hijos

Actualmente estoy felizmente casado, no hicimos separación de bienes ni nada eso, el piso está al nombre de los dos y el coche al mio pero lo compramos hace poco o sea que es de los dos también. En caso de que nos separáramos está claro que se repartiría todo al 50% al no haber niños, o eso creo si no es así me corriges por favor, pero cuando tenga niños si me separo (que no es mi intención pero nunca se sabe), lo más probable es que se quedara ella con prácticamente todo, y no me gustaría verme con una mano delante y otra detrás, entonces mi pregunta es ¿se puede hacer algo para que esto no pase, firmar algún tipo de papel para que en caso de separación aclare que aunque hubieran hijos fuera todo al 50%?

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El que existan niños o no, no afecta a la liquidación de bienes gananciales, más que en que los gastos de sostenimiento, alimentación y cuidado de los menores corre a cargo de la sociedad de gananciales, es decir, el patrimonio común responde de las deudas que tengan que ver con el mantenimiento de los niños.
Lo que ocurre es que además del reparto del haber patrimonial común, el Juez en un hipotético supuesto de separación o divorcio, impondrá al cónyuge que no se quede con la custodia de los niños, una obligación de pasar una pensión de alimentos hasta que éstos sean mayores de edad(por regla general) o se independicen económicamente.
No es que le vaya a tocar menos del patrimonio ganancial si tiene hijos, sino que con independencia del reparto de los ingresos y los gastos tras su liquidación, el que no se quede con la custodia de los niños tendrá que pasar una pensión para alimentar a sus hijos y además el que se queda con los niños suele ser al que se le otorga el uso provisional de la vivienda que constituye el domicilio familiar hasta que cambien las circunstancias (se denomina en la jerga jurídica atribución del uso y disfrute del domicilio conyugal).
El sistema de gananciales, lo que hace es beneficiar al cónyuge que no trabaja o que aporta menos bienes o dinero al matrimonio, pero eso no tiene que ver con los hijos. Aquél cónyuge que aporta más dinero o más bienes siempre se verá perjudicado con el sistema de gananciales pues a su liquidación le va a tocar la mitad de lo que haya ( simplificando mucho, la mitad de los ingresos-activo menos gastos-pasivo).
Si usted es el que aporta más dinero o bienes a la familia (a veces un cónyuge es el único que aporta dinero o bienes y el otro aporta su trabajo en las tareas domésticas y de cuidado de los hijos), siempre le beneficiará más en el terreno monetario un sistema de separación de bienes y los cónyuges pueden pactar en cualquier momento el régimen de separación en capitulaciones matrimoniales otorgadas en escritura pública ante Notario que luego deben inscribirse en el Registro Civil al margen de la inscripción de matrimonio, todo ello sin perjudicar los derechos de terceros nacidos antes de las capitulaciones.
Pero decidir si quiere un pacto de capitulaciones eso es una cuestión personal, que tiene usted que valorar, sopesando cuestiones afectivas, de moralidad personal y de economía particular, para planteárselo a su pareja y decidir de común acuerdo.
Muchas gracias de verdad, te has tomado muchas molestias. Te lo agradezco mucho, ya tengo claro como funciona, no voy a decirle nada a mi pareja, veo justo que el que esté mejor situado económicamente aporte más dinero para los hijos.
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En caso de divorcio, si hay hijos menores, lo que se hace es otorgar el USO de la vivienda familiar a los menores y quien se quede con su custodia. La propiedad sigue siendo igual, de modo que si el piso fuera tuyo exclusivamente, tendrías una propiedad que no podrías usar hasta que los menores sean independeintes económicamente (trabajo estable). Ésto es sólo para la vivienda familiar y muebles y enseres de la casa; el resto de los bienes se pueden liquidar y repartir sin problemas. La firma de un papel no puede ignorar el derecho de los hijos que la LEy les otorga a seguir viviendo en el piso, pero para el resto de los bienes es posible y hasta conveniente. Existen sin embargo antewcedentes de compromisos firmados (Príncipe Felipe y Dª LEticia) en que la custodia de los menores se otorga al padre (y con la custodia el USO de la vivienda) o se pacta Custodia Compartida.
En http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com puedes ampliar mucha información útil sobre estos temas
Un abrazo
Antonio
Entonces seguiría siendo el piso y los muebles de los dos, no pudiendo yo disfrutar del piso hasta que fueran mayores de edad los hijos ¿no? ¿Una vez fueran mayores de edad ya podría disfrutar de el piso?
Justamente es eso. Cunado los hijos sean independiente económicamente, que no es a la mayoría de edad, si no cuando thatan terminado sus estudios y tengan trabajo estable. Entonces sí se podrán liquidar los gananciales, vender el piso y repartirlo (o bien comprar el uno su aprte al otro)
Un abrazo
Antonio

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